Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL, 8 de Noviembre de 2013, expediente 125/2010

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2013
EmisorSALA D - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación CNCom, D, 125/2010. CALOREX S.A. C/ EXPRESO LANCIONI S.A. S/

ORDINARIO. JUZGADO 5 (9).

Buenos Aires, 8 de noviembre de 2013.

  1. La demandada acusó en fs. 247/248 la caducidad de la instancia abierta con la concesión del recurso de apelación interpuesto por su contraria en fs. 225.

  2. Dispone el cpr 310: 2 que el plazo de perención de esta instancia es de tres meses y –tal como se ha interpretado– dicho término comienza a correr a partir de que se produce su apertura, es decir, desde que se concede el recurso (esta Sala, 17.11.08, "L. y Cía. S.A. s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito promovido por M., J.D." y sus citas).

    Sin embargo ese dies a quo resulta inaplicable cuando se observa que luego de interponer la apelación se realizó algún trámite con relación al recurso (esta Sala, 11.3.08, "S., M.M.A. c/ Car One y otro s/

    beneficio de litigar sin gastos"), en cuyo caso el cómputo comienza desde ese último acto.

  3. Sobre tales premisas se advierte en el sub lite que entre el 26.3.13 (fs.

    243) y el 11.7.13, en que la interesada reiteró su petición de elevación (fs.

    244), transcurrió el plazo de referencia, sin que haya mediado actividad de la parte recurrente, por lo que –en tales condiciones– corresponde admitir la perención opuesta, e imponer los gastos causídicos a cargo de la apelante en su calidad de vencida (cpr 73).

  4. No obsta esa conclusión lo manifestado en el apartado 3 in fine de fs.

    251 vta., pues el "no consentimiento" al que alude el cpr 315 no requiere una manifestación expresa, pues la sola presentación del pedido de caducidad antes de que la actuación impulsoria quede firme –como ocurrió en el caso (fs.

    244 y 247/248)– impide su purga (E.M.F., Caducidad o perención de instancia, Buenos Aires, 1996, pág. 208, segundo párr. y jurisp. cit. en nota 53; L.R. -OvejeroL., Caducidad de la instancia, primera reimpresión, pág. 449, apartado 3, último párr. y jurisp. cit. en notas 188 y 189, Astrea, 1991; Manuales de...

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