Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 24 de Mayo de 2016, expediente CNT 018064/2008/CA001 - CA002

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 18064/2008 - CALICCHIO J.A. c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL Buenos Aires, 24 de mayo de 2016.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 753/757vta., contra la resolución de fs. 750/752 mediante la cual la Sra. Juez “a-quo” hizo lugar a lo peticionado por la parte demandada al practicar el prorrateo de los honorarios regulados y rechazó la inconstitucionalidad planteada por la parte actora.

Requerida la opinión del Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se expidió a tenor del dictamen obrante a fs. 802/vta.

Y CONSIDERANDO:

  1. En primer término cabe señalar que sobre el tema que aquí nos convoca, el Más Alto Tribunal ha

    sostenido acerca de la ley 24.432 y la modificación del

    art. 277 L.C.T. que “… en diversas materias el legislador ha puesto de manifiesto su decisión de disminuir el costo de los procesos judiciales, con el objetivo de facilitar el acceso a la justicia de las personas con menores recursos económicos o de no agravar la situación patrimonial de las personas afectadas por tales procesos, apartándose así de las pautas generales contenidas en las leyes arancelarias…

    Que igual propósito persiguió mediante la sanción de la ley 24.432… finalidad que se desprende del conjunto de disposiciones que conforman esta ley, entre ellas el art. 8 … la ley en examen no conculca el derecho de

    igualdad, ya que no se evidencia un fin persecutorio o

    discriminatorio sino que, por el contrario otorga el

    mismo tratamiento a todos los profesionales que asisten

    a la parte no condenada en costas, sea ésta actora o

    demandada, trabajador o empresario, con el objetivo de

    disminuir los gastos procesales … el texto agregado por

    la ley 24.432 al art. 277 de la L.C.T. limita la

    responsabilidad del condenado en costas en los juicios

    laborales y no el quantum de los honorarios

    profesionales. Tal limitación de responsabilidad, como

    las expresiones legislativas de topes indemnizatorios

    por razones de interés público, constituye un régimen

    especial en principio válido, siempre que el criterio

    de distinción adoptado no sea arbitrario … y de manera

    que no adolezca inequidad manifiesta … la solución consagrada en el art. 277 de la L.C.T. se manifiesta como uno de los arbitrios posibles enderezados a disminuir el costo de los procesos judiciales y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR