Cómo calcular el nuevo concepto que se suma este mes al salario del servicio doméstico

La entrada en vigencia del pago por antigüedad coincide con un incremento de 12% de las remuneraciones de la actividad

A partir de los salarios del actual mes de septiembre rige el adicional por antigüedad para las personas que trabajan en tareas de servicio doméstico. El concepto ya figura desagregado en los recibos de sueldo que se generan en la web, y el monto a consignar y a abonar equivale al 1% del salario por cada año de trabajo en un hogar.

¿Cómo se aplica el nuevo beneficio en este primer mes de vigencia? Según dispuso la resolución 2 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, el pago rige desde el 1° de este mes sin efecto retroactivo. Eso significa que si la persona trabaja en una casa desde hace un año o más tiempo, el empleador deberá adicionar, cada vez que haga un pago, un 1% a la remuneración, sin límites en cuanto a cuál es la jornada laboral horaria o mensual que se cumpla. El concepto abarca a todos los casos.

Como no hay efecto hacia atrás, si la relación laboral comenzó hace 4 o 5 años, por ejemplo, la obligación es ahora pagar el 1%. Y luego sí, cada vez que se cumpla un nuevo año, se suma otro 1%, sin tope de tiempo.

¿Qué pasa si alguien comenzó a trabajar en una casa, por ejemplo, en abril de este año? En ese caso, el 1% por antigüedad deberá ser agregado en abril de 2022. Así, en cada relación laboral que no tenga todavía un año, el monto deberá calcularse una vez que se llegue a la fecha en que se cumplen los 12 meses.

El importe extra, por otra parte, deberá considerarse en el cálculo de conceptos de pago como el aguinaldo o, eventualmente, la indemnización por despido, según aclara Carlos Brassesco, abogado de la Unión de Personal Auxiliar de Casas Particulares.

Nuevos montos de remuneraciones

La entrada en vigencia del adicional coincide con un aumento de 12% que se les aplica a los salarios del sector. Desde este mes, concretamente, en el caso de personal que hace tareas generales, el pago mínimo por hora es de $231,50, en la modalidad con retiro, y de $249,50 si se trata de quien trabaja sin retiro. Y la remuneración mensual básica (por jornada completa) es de $28.457 (con retiro) y de $31.644 (sin retiro).

Dados esos montos, si una persona que trabaja con retiro cuenta ya con el año (o más) de antigüedad, deberá adicionarse $2,31 por cada hora abonada, o más, en caso de que el empleador pague por arriba del mínimo establecido (si la cifra es de $270 por hora y se trabajan 48 horas en el mes, el...

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