CAJA DE CREDITO COOPERATIVA LA CAPITAL DEL PLATA LIMITADA

Fecha de disposición22 Octubre 2012
Fecha de publicación22 Octubre 2012
SecciónTercera Sección - Contrataciones

Caja de Crédito Cooperativa

La Capital del Plata Limitada

Sociedad de Duración Ilimitada

Estados Contables

Correspondientes al Período Económico Finalizado el 30 de Junio 2012.

Presentados en forma comparativa con el último cierre de Ejercicio salvo en los casos del Estado de Resultados, Estado de Evolución del Patrimonio Neto y Estado de Flujo de Fondos y sus

equivalentes que son presentados en forma comparativa con igual período del ejercicio anterior.

NOTA: Los Estados, Anexos y Notas son parte integrante de este Balance General.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES AL 30 DE JUNIO DE 2012

  1. BASES PARA LA PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES

    I.1. Criterios de Exposición

    Los Estados Contables que surgen de los registros de contabilidad, se exponen de conformidad con las disposiciones establecidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.).

    La información comparativa referida al Estado de Situación Patrimonial y la referida a los Estado de Resultados, evolución de Patrimonio Neto y Flujo de Efectivo corresponden al ejercicio finalizado el 30 de Junio de 201 1.

    I.2 Normas Contables Aplicables:

    I.2.1 Unidad de Medida

    Con fecha 23 de marzo de 2003 el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto 664/03 instruyó al Banco Central de la República Argentina, entre otros, a fin de que disponga en el ámbito de su respectiva competencia que los balances o estados contables que les sean presentados, deberán observar lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 23928 y sus modificaciones. El Banco Central de la República Argentina por Comunicación “A” 3921 Circular CONAU 1 – 569 discontinuó la reexpresión de la información contable en moneda homogénea a partir del 1 de marzo de 2003.

    Por lo dicho, los presentes Estados Contables se encuentran re-expresados hasta el 28 de febrero de 2003, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación. Para ello se ha aplicado el método de ajuste establecido por la Comunicación “A” 3702 – CONAU 1 – 484 del Banco Central de la Republica Argentina y complementarias.

    I.2.2. Principales Criterios de Valuación

    Los criterios de valuación seguidos para su presentación, son los dictados por el Banco Central de la República Argentina, que en particular incluyen:

    1. Activos y Pasivos en Moneda Extranjera

      Han sido valuados al tipo de cambio “dólar de referencia” del Banco Central de la República Argentina vigente al cierre de las operaciones del último día hábil del período, el tipo de cambio aplicado fue de u$s 1,00 = $ 4,5253. Las diferencias de cambio fueron imputadas a los resultados del período en su totalidad.

    2. Títulos Públicos y Privados

      Títulos Públicos a valor razonable de mercado

      Se encuentran valuados a los valores de cotización vigentes al cierre de cada período en el Mercado de Valores de Buenos Aires o en el Mercado Abierto Electrónico, más el valor de los cupones de amortización y/o renta vencidos a cobrar, de corresponder. Las diferencias de cotización fueron imputadas a los resultados de cada período.

      ESPECIEV.N.V. R.BONOS GARANTIZADOS 2018 DEC 1579/2002103.600$ (Miles) 252BODEN U$S 2013862$ (Miles) 5

    3. Títulos de deuda fideicomiso financiero

      Al 30 de junio de 2012, la Entidad registra inversiones en títulos de deuda de fideicomisos financieros los cuales se han incorporado a su valor nominal, incrementándose dicho valor de acuerdo a la renta devengada, menos las amortizaciones al cierre del período.

      Nombre FideicomisoSaldo

      30/06/2012(miles)Gal Trust B 1$ (Miles) 1.651TOTAL$ (Miles) 1.651

    4. Devengamiento de Intereses y Ajustes

      Los intereses fueron devengados mensualmente sobre la base de las tasas pactadas en las respectivas operaciones autorizadas por el B.C.R.A., distribuyéndose en proporción a los días en que el capital prestado o recibido estuvo expuesto a la incidencia de dicho interés. El método utilizado para el devengamiento de intereses activos y pasivos es exponencial.

    5. Participación en otras sociedades

      En el rubro participaciones se incluyen $ 68.- mil correspondiente a la participación en La Capital del Plata S.A., por el 95% del patrimonio de esta sociedad. Ver mayor detalle en la Nota VII.

    6. Bienes de Uso y Diversos

      De acuerdo con lo mencionado en el encabezamiento de esta nota las partidas anteriores al 28 de febrero de 2003 han sido re-expresadas hasta dicha fecha, las incorporadas a partir del 1º de marzo del mismo año se expresan en su valor de incorporación, neto de las correspondientes amortizaciones acumuladas. El valor actualizado de los bienes no excede, en su conjunto, el valor recuperable.

      La depreciación de los bienes se calcula por el método lineal sobre la base de la vida útil expresada en meses.

    7. Valuación de Otros Bienes Diversos

      De acuerdo con lo mencionado en el encabezamiento de esta nota las partidas anteriores al 28 de febrero de 2003 han sido re-expresadas hasta dicha fecha, las incorporadas a partir del 1º de marzo del mismo año se expresan en su valor de incorporación, neto de las correspondientes amortizaciones acumuladas. El valor actualizado de los bienes no excede, en su conjunto, el valor recuperable.

      La depreciación de los bienes se calcula por el método lineal sobre la base de la vida útil expresada en meses.

    8. Bienes Intangibles

      De acuerdo con lo mencionado en el encabezamiento de esta nota las partidas anteriores al 28 de febrero de 2003 han sido re-expresadas hasta dicha fecha, las incorporadas a partir del 1º de marzo del mismo año se expresan en su valor de incorporación, neto de las correspondientes amortizaciones acumuladas.

      La depreciación de los bienes se calcula por el método lineal sobre la base de la vida útil expresada en meses.

      El valor actualizado de dichos bienes no excede, en su conjunto, su valor recuperable.

    9. Previsión por Riesgo de Incobrabilidad y por Compromisos eventuales

      El cálculo de la previsión por riesgo de incobrabilidad y por compromisos eventuales se efectuó tomando en cuenta el análisis de los préstamos de cumplimiento irregular efectuado por la Gerencia, de acuerdo a la información suministrada por los abogados de la institución y las normas establecidas por la Comunicación “A” 2729 y complementarias del B.C.R.A.

    10. Indemnización por despidos

      Las indemnizaciones han sido registradas con cargo a los resultados del período/Ejercicio en el cual la Entidad tomó conocimiento.

    11. Patrimonio Neto

      De acuerdo con lo mencionado en el encabezamiento de esta nota las partidas anteriores al 28 de febrero de 2003 han sido reexpresadas hasta dicha fecha, las incorporadas a partir del 1º de marzo del mismo año se expresan en su valor de incorporación, neto de las correspondientes amortizaciones acumuladas.

      El rubro capital social se expone por su valor original, incorporándose una cuenta de corrección global denominada “Ajuste al capital”, incorporada en la cuenta “Ajustes al Patrimonio”.

    12. Uso de Estimaciones

      La preparación de estos estados contables requiere que se realicen estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de activos y pasivos registrados, como así también los resultados registrados en el ejercicio.

      Los resultados reales futuros pueden deferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.

  2. DIFERENCIA ENTRE LAS NORMAS DEL B.C.R.A. Y LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES VIGENTES EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

    El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A) ha aprobado nuevas normas contables emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E) con el siguiente alcance:

    - Resoluciones Técnicas (RT) N° 16 a 19 de la F.A.C.P.C.E, con las modificaciones incorporadas por las resoluciones CD N° 238/01, 243/01, 261/01, 262/01 y MD 32/02 del C.P.C.E.C.A.B.A y con vigencia obligatoria para ejercicios que se inicien a partir del 1º de julio de 2002, y

    - Resolución técnica Nº 20 de la F.A.C.P.C.E con las modificaciones incorporadas por la Resolución CD 187/02 del C.P.C.E.C.A.B.A y con vigencia obligatoria para ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2003.

    - Resolución técnica Nº 21 de la F.A.C.P.C.E con las modificaciones incorporadas por la Resolución CD 05/03 del C.P.C.E.C.A.B.A y con vigencia obligatoria para ejercicios que se inicien a partir del 1º de abril de 2003.

    A la fecha de aprobación de los presentes estados contables, el B.C.R.A. no ha adoptado las modificaciones de valuación y exposición requeridas por las normas contables profesionales y, por lo tanto, dichas normas no son de aplicación obligatoria para la emisión de los estados contables de las entidades financieras. En razón del nivel de complejidad que presenta la aplicación de estas nuevas normas contables, la Entidad no ha cuantificado los efectos netos sobre el patrimonio neto y los resultados generados por las diferencias entre las mismas y las normas vigentes del BCRA.

    Las principales diferencias entre las normas del B.C.R.A. y las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se detallan a continuación:

    Exposición contable de los efectos generados por las medidas judiciales respecto de imposiciones

    La Entidad mantiene registrado un activo por:

    • Valor de origen$ 1.673.- miles• Amortización Acumulada$ 1.673.- milesValor neto$ 0.-

    En el rubro “Bienes Intangibles– Gastos de Organización y Desarrollo”, por las diferencias resultantes del cumplimiento de medidas judiciales originadas en causas en las que se cuestione la normativa vigente aplicable a los depósitos del sistema financiero (Ley Nº 25.561, Decreto 214/02 y disposiciones complementarias), según lo dispuesto por la Comunicación “A” 3916 del B.C.R.A.

    Las normas contables profesionales requieren su registración como crédito, el cual no debiera ser amortizado. La valuación del mencionado crédito debiera reconocerse a la mejor estimación posible de las sumas a cobrar, descontadas a la tasa de mercado al momento de la medición inicial.

  3. AJUSTE...

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