Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 16 de Octubre de 2015, expediente FTU 007644/2007/CA001

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 7644/2007 CAJA COMPLEMENTARIA DE PREVISIÓN P/ ACTIVIDAD DOCENTE C/ ARZOBISPADO DE TUCUMÁN S/ EJECUCIÓN FISCAL.

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN N° 2.-

S.M. de Tucumán, 16 de Octubre de 2015.

Y VISTO: el incidente de caducidad de segunda instancia y el recurso apelación deducido a fs. 268, y CONSIDERANDO:

I) La resolución de fecha 15 de Mayo de 2013 (fs.

260/264) dictada por el señor Juez Federal de Tucumán, Dr.

F.L.P. decidió: I) hacer lugar al incidente de perención de la perención de la caducidad deducido por la demandada a fs. 250; II) hacer lugar al incidente de caducidad de instancia deducido por la parte demandada a fs. 191/194 de autos; III) costas se imponen a la actora vencida (art. 69, procesal).-

Disconforme con la misma, apela el apoderado de la actora a fs. 267, presentando agravios a fs. 274/278, los que no fueron contestados por la contraparte.-

Posteriormente, a fs. 284/285 se presenta el apoderado de la demandada deduciendo incidente de caducidad de segunda instancia, y corrido el pertinente traslado, contesta a fs. 291/293, en los términos del artículo 48, procesal, los que fueron ratificados a fs. 296, con lo que queda la presente causa en estado de ser resuelta.-

Fecha de firma: 16/10/2015 Firmado por: M.C., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: E.C.W., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: R.M.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.F.H., SECRETARIO DE CÁMARA Entrando al tratamiento de lo que es objeto de recurso, corresponde, por una cuestión metodológica, tratar en primer término el incidente de caducidad de segunda instancia.-

II) El apoderado de la demandada a fs. 284/285, plantea incidente de caducidad de segunda instancia argumentando que era la parte actora la que debió proceder a la confección de la cédula a fin de correr el traslado ordenado a fs. 279, por lo que habiendo dejado transcurrir más de tres meses sin hacerlo, procede, a su criterio, la declaración de caducidad de la apelación, sin que haya sido trascendente el pedido de remisión del expediente a la Excma. Cámara a fin de resolver el recurso ya que dicho plazo estaba vencido. Por lo que solicita que se declare la caducidad de la segunda Instancia, con costas.-

Entrando al tratamiento del planteo, corresponde efectuar una serie de consideraciones en torno al instituto de la caducidad.-

La caducidad de instancia constituye un modo anormal de extinción del proceso, que se configura por la inactividad de las partes durante los...

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