Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Octubre de 2009, expediente L 97912

Presidentede Lázzari-Pettigiani-Soria-Kogan
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2009
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 14 de octubre de 2009, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresde Lázzari, P., S., K.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 97.912, "C., R.E. contra F., F. y otros. Despido".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal de Trabajo n° 5 de Lomas de Z. hizo lugar parcialmente a la demanda deducida, con costas en el modo como lo especifica (sent., fs. 230/238).

La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 250/258 vta.).

Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor de L. dijo:

  1. El tribunal interviniente -en lo que interesa- rechazó la demanda deducida por R.E.C. contra F.G.F., M.C. y M.L.E. en cuanto perseguía el cobro de las indemnizaciones derivadas del despido y las previstas en los arts. 8 y 15 de la Ley Nacional de Empleo; 1 y 2 de la ley 25.323 y 45 de la ley 25.345 (sent., fs. 230/238).

    Para así decidir, entendió que el actor no logró probar que los telegramas que dirigió a sus empleadores, emplazándolos primero, y considerándose en situación de despido después, hubieran llegado a la esfera de conocimiento de aquéllos, recaudo que resulta indispensable para que la extinción del contrato de trabajo se consume (art. 243, L.C.T. y su doctrina; sent., fs. 232 vta.).

  2. Contra la decisión de grado se alza el actor mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 250/258 vta.), en el que denuncia absurdo y la transgresión de los arts. 26, 29, 44 inc. "d" y 47 de la ley 11.653; 231, 232, 242, 243 y 245 de la Ley de Contrato de Trabajo; 1 y 2 de la ley 25.323; 499 del Código de Procedimiento Civil y Comercial y de doctrina legal que cita.

    La crítica del quejoso se centra sobre la conclusión de grado que consideró no justificado el despido indirecto del actor por la sola circunstancia de que la notificación del mismo no llegó a la esfera de conocimiento de sus destinatarios, siendo que el demandado F. en su réplica no sólo no negó la autenticidad de los telegramas, sino que, además, admitió tácitamente su recepción.

  3. El recurso no...

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