Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Agosto de 2003, expediente P 72084

PresidenteKogan-Soria-Roncoroni-Hitters-de Lázzari
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 20 de agosto de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK., S., R., H., de L.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 72.084, “C., H.G.. Robo calificado en grado de tentativa, etc.”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de M. condenó a H.D.C. a la pena de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas como coautor responsable de los delitos de robo calificado por fractura de ventana de lugar habitado, en grado de tentativa en concurso real hurto simple en grado de tentativa y violación de domicilio -que concurren idealmente entre sí-, en concurso real con robo simple.

El señor Defensor Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, la señora Jueza doctora K. dijo:

  1. La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de M. el 5 de junio de 1998 condenó a H.D.C. a la pena de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas como coautor responsable de los delitos de tentativa de robo calificado por fractura de ventana de lugar habitado, en concurso real con tentativa de hurto simple y violación de domicilio -que concurren idealmente entre sí-, en concurso real con robo simple (fs. 147/149 vta., arts. 150, 162, 164, 167 inc. 3º, 42,54 y 55 del Código Penal).

  2. El señor Defensor Oficial interpuso contra dicha resolución recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que se agravia únicamente de la calificación legal correspondiente al delito que damnificara a J.J.G. denunciando la violación del art. 167 inc. 3º del Código Penal, y de los arts. 253 inc. 2º y 259 incs. 2º y 7 del Código de Procedimiento Penal -según ley 3589 y sus modif.- (fs. 160/162 vta.).

  3. El señor S. General emitió dictamen a fs. 178/179 propiciando el rechazo del recurso interpuesto, criterio que comparto.

  4. La Cámara, sobre la...

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