Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 31 de Mayo de 2017, expediente CNT 075360/2014/CA001

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 75.360/2014 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50917 CAUSA Nº: 75.360/14 - SALA VII – JUZGADO Nº: 77 En la ciudad de Buenos Aires, a los 31 días del mes de mayo de 2017, para dictar sentencia en los autos: “C., G.A. C/ Swiss Medical S.A. S/ Despido” se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR N.M.R.B. DIJO:

  1. La sentencia de primera instancia que hizo lugar parcial al reclamo del inicio tendiente al cobro de diferencias de la liquidación final que percibiera el actor por despido directo incausado viene apelado por ambas partes.

    También hay recurso del perito contador quien estima exiguos los honorarios que se le han regulado, mientras que la parte demandada apela la totalidad de los emolumentos porque los aprecia elevados. Invoca las previsiones de la Ley 24.432 (ver fojas 256/59 y fojas 267 vta. /68).

  2. Recurso de la parte demandada (fojas 260/68).

    Se agravia porque el Sr. Juez “a-quo” tuvo por acreditado el deficiente registro de la fecha de ingreso del actor. Considera que el sentenciante en su fallo hizo predominar su voluntad por sobre las probanzas de la litis, señalando que el accionante no habría cuestionado el informe contable que daría cuenta de la fecha de ingreso registrada en los libros laborales de la accionada.

    En mi opinión, su argumento defensivo no logra desbaratar lo ya resuelto en la instancia que antecede, cual lo es el informe de la Afip (v. fs. 168/181) y de la testimonial sustanciada por la demandada (Veleizan, O., Luna y R.) que dieron noticia cierta que la recurrente con anterioridad a la fecha de registro con la que insiste validar efectuó

    aportes previsionales al actor, como así también que el Sr. C., al igual que los deponentes en autos, prestaron servicios en único establecimiento de trabajo y cuya titularidad perteneció en forma sucesiva a diversas empresas (Maternidad Suizo Argentina S.A., S.M.S.A., Swiss Medical Group S.A.).

    Desde la perspectiva de enfoque señalada, tal como se decidiera en grado, pierde fuerza enervatoria el argumento de la recurrente –y con el cual insiste en esta instancia- en punto a la fecha de ingreso que figura en sus registros contables (arts. 116 L.O. y 386 del Cód. Procesal, ver fojas 244 del fallo).

    No se me escapa el especioso argumento que exhibe focalizando su agravio en la circunstancia de que el actor no habría impugnado este aspecto del peritaje contable y/o que durante la relación laboral no habría cuestionado la fecha de ingreso asentada en sus recibos de haberes pero lo concreto es que, tal como arriba se expuso, se sustanció prueba que en este aspecto viabiliza la pretensión del actor; sin que la situación procesal en que incurrió en la ocasión del art. 71 L.O. pueda oponérsele (cfme. art. 12 L.C.T., art. 386 ya cit.).

    Fecha de firma: 31/05/2017 Alta en sistema: 05/06/2017 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA...

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