Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA H, 16 de Diciembre de 2014, expediente CIV 025151/2003/CA002

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2014
EmisorSALA H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H C R M A c/ S C A Y OTRO s/MEDIDAS PRECAUTORIAS Buenos Aires, diciembre 16 de 2014.- Fs. 571 AUTOS Y VISTOS:

Fueron elevados los autos a la Alzada para resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 519, concedido a fs. 520, contra la decisión de fs. 500.- El memorial obra agregado a fs.

521/523 y fue contestado a fs. 551/557.-

Cuestiona quien fuera cónyuge de la Sra. C R, lo dispuesto por la juez de grado a fs. 500 en cuanto desestimó el pedido de levantamiento de embargo que solicitó a fs. 190.- Centra su crítica en la equiparación, que califica como errónea, efectuada por la a quo entre las circunstancias obrantes en estos autos y las obrantes en el expediente conexo número … sobre medidas precautorias que el recurrente promovió contra la nombrada.- Afirma que la cautelar sobre alquileres que obtuvo en la mencionada causa conexa se basó en la verosimilitud del derecho de recompensa que invocara; y que en la especie, tratándose de frutos de un bien que sostiene reviste carácter de “propio” no corresponde mantener la medida toda vez que al haberse disuelto la sociedad conyugal con el dictado de la sentencia de divorcio, aquellos frutos no resultan ser gananciales.-

En este marco, cabe destacar - tal como esta misma Sala lo afirmó a fs. 379 del mencionado proceso conexo - que la jurisprudencia ha resuelto que las medidas dispuestas en los juicios de divorcio deben mantenerse hasta que la liquidación de la sociedad conyugal se produzca, excepto prueba de la injusticia de su conservación y demostración de que no han de sufrir perjuicio alguno por el levantamiento los derechos del peticionario (CNCiv Sala D, 23(8/85, LL 1986-A-421).- En ese sentido se ha señalado que “en principio las medidas cautelares en los juicio de divorcio y de separación de bienes duran hasta que se liquide la sociedad conyugal, Fecha de firma: 16/12/2014...

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