Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 13 de Mayo de 2019, expediente CFP 013154/2017/1/CA001

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 13154/2017/1/CA1 CFP 13.154/2017/1/CA1 “C., P.R. y otros s/procesamiento y embargo”.

J.. Fed. n° 7 - Sec. n° 13.

Buenos Aires, 13 de mayo de 2019.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I- Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal con motivo de los recursos de apelación interpuestos a fs. 236/240 por la Defensora Oficial, Dra. F.G.P., contra el procesamiento de P.R.C. en orden al delito previsto en el art. 12 de la ley 25.891 y a fs. 241/246 del ppal. por el defensor particular Dr. N.E.M. en representación de G.R.G.B. y H.G.G.B., contra el procesamiento de los nombrados en orden al delito previsto y reprimido por el citado art. 12, agravado en sus casos por el art. 13 inc. a de la ley 25.891, en calidad de autores y de conformidad con lo dispuesto por el art. 306 y ccdtes. del C.P.P.N..

Ambos letrados impugnaron los embargos trabados sobre los bienes de sus defendidos por las sumas de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 450.000) y seiscientos mil pesos ($ 600.000) respectivamente, dispuestos en los puntos II y IV.

II- Estos actuados tienen su origen el día 2 de septiembre de 2017 en razón de una denuncia anónima recibida por el Centro de Control y Comando 911 a partir de la cual se puso en conocimiento que en el domicilio ubicado en la calle L. 3. de esta ciudad, un hombre identificado como “P.” junto a dos mujeres, una de ellas de nombre “V.” comercializarían equipos celulares en infracción a la ley 25.891.

Contando con el pertinente requerimiento fiscal obrante a fs.8/vta., personal policial realizó tareas de prospección sobre dicho domicilio, el que se encontraría habitado por P.R.C. a quien se lo observó -en diferentes momentos- intercambiar paquetes del tamaño de cajas de celulares. Al seguir a pie a C., se lo observó -en reiteradas oportunidades- ingresar al local comercial “Nisha Cell” sito en la calle J.D.

  1. 2., C., donde se comercializarían aparatos de telefonía celular de origen espurio.

    Fecha de firma: 13/05/2019 Alta en sistema: 14/05/2019 Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado por: P.D.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.L.P., Secretaria de Cámara #33517217#234241226#20190513141454407 Como consecuencia de lo actuado, se ordenó el allanamiento de dichas propiedades, encontrándose en el domicilio emplazado en L. 3., dieciséis (16) cajas con celulares, diecisiete (17)

    adaptadores micro SD, tres blíster tarjeta SIM con...

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