Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 7 de Marzo de 2017, expediente CIV 010952/2002/CA002

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 10952/2002 C.M.A. s/ INCIDENTE FAMILIA Buenos Aires, 7 de marzo de 2017.- DL Fs. 3370 AUTOS Y VISTOS:

  1. A fin de conocer en los recursos deducidos contra la regulación de honorarios de fs. 3345, se tendrán en cuenta las mismas pautas arancelarias indicadas a fs. 2096, a las cuales corresponde remitirse por razones de brevedad.

    En consecuencia valorando los trabajos realizados en autos (por el período que comprende desde 03 de agosto de 2007 al 31 de enero del 2016), la naturaleza del proceso y resultado, calidad, extensión y complejidad del asunto, por resultar reducidos se elevan a la suma de pesos ciento diez mil ($ 110.000) los honorarios regulados al curador definitivo Dr. A.S.M..

  2. A fin de valorar los trabajos efectivamente realizados por el perito, se tendrá en cuenta la naturaleza del proceso, mérito, calidad, extensión de los trabajos realizados y proporcionalidad que debe guardar con los estipendios correspondientes a los profesionales de acuerdo a las pautas arancelarias indicadas en el art. 478 del CPCCN. En virtud de ello...

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