Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 20 de Diciembre de 2016, expediente CIV 086629/2012

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala L

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L Expte n° 86.629/12 –J.. 29- “C.M.D. c/Alertcop SRL s/ cobro de sumas de dinero”

En Buenos Aires, a los días del mes de diciembre del año dos mil dieciseis, encontrándose reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala “L” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a fin de pronunciarse en el expediente caratulado “C.M.D. c/Alertcop SRL s/ cobro de sumas de dinero” de acuerdo al orden del sorteo el Dr. L. dijo:

I.-

M.D.C. dijo en su demanda que, en su carácter de contador, fue contratado por Alertcop S.R.L. para asesorarla y hacer diversas tareas inherentes a su profesión. Explicó no haber tenido problemas con la contraprestación hasta febrero de 2011. Entonces, con posterioridad, emitió varias facturas por honorarios, aceptadas sin cuestionamiento, pero no fueron pagadas.

La sociedad demandada, si bien reconoció la prestación hasta antes de esa fecha, negó estas y otras aserciones del contador.

Dijo en síntesis, que lo trabajado le fue pagado. Alegó en su defensa varias circunstancias que, analizadas por el tribunal de grado a través de la sentencia obrante a fs. 392/6, llevaran al rechazo de la pretensión.

Apeló el actor y expuso sus críticas a fs. 423/8, quejas respondidas por la demandada a fs. 430/6.

II.-

El demandante, un profesional de las ciencias económicas, inició su reclamo explicando que cumplió tareas profesionales para la demandada y que, en consecuencia, emitió

facturas por honorarios, detallando luego estos documentos. Aseveró

que no fueron pagados.

Fecha de firma: 20/12/2016 Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA #12364139#169285394#20161219113415144 Es curioso que la parte demandada, al contestar el traslado de la demanda, haya puesto énfasis especial en la insuficiencia probatoria de las facturas emitidas por el contador (y supuestamente no recibidas). Énfasis en la inexistencia de entrega y recibo de ellas, en la supuesta falsedad del domicilio consignado en esos documentos, y la supuesta falta de causa. Lo mismo ocurre cuando, yendo aparentemente hacia el fondo del asunto (si se trabajó, cuánto, cómo, y si se cobró, cuánto) en el “Relato de los hechos”

vuelve en realidad a las facturas y a su contabilización. A fs. 102 detalló una cantidad de pagos que habría realizado al demandante con cheques por $93.361,76. Explicó que esperaba los recibos, pero el contador no los extendió, ni los consignó en los registros.

Vayamos a la sustancia. La empresa demandada negó que el contador hubiera realizado trabajos durante todo 2011. En su responde sostuvo que “los pocos y deficientes trabajos realizados...

durante el año 2011, le han sido abonados en tiempo y forma...

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