Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 2 de Mayo de 2017, expediente CCF 007315/2013/CA002

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 7315/2013 C,. M.A. c/ SWISS MEDICAL SA s/AMPARO DE SALUD Buenos Aires, 2 de mayo de 2017. SM VISTOS: el recurso de apelación articulado a fs. 271/274 -fundado en el mismo acto- y replicado a fs. 280/283 contra la sentencia de fs. 263/268, habiendo dictaminado el señor F. General a fs. 287/288; CONSIDERANDO:

  1. Que en el indicado pronunciamiento el Magistrado interviniente rechazó la acción de amparo interpuesta por el Sr. M.A.C.,.

    contra S.M.S.A., tendiente al mantenimiento de su afiliación y la del grupo familiar, en los términos del artículo 9 de la Ley N°26.782 e impuso las costas al actor en su calidad de vencido.

    Para decidir como lo hizo el a quo, consideró que se encontraba fuera de debate que el accionante solicitó su afiliación y la de su grupo familiar el día 29 de agosto de 2013 y que, en dicha oportunidad, al responder el cuestionario entregado por la empresa de medicina prepaga sobre los antecedentes de salud, consignó “No” en todos los casilleros.

    Asimismo, tuvo por acreditado que al hijo del actor, F.M.C.,. se le diagnosticó Esclerosis Múltiple en el referido año, y que aquello motivó que la accionada resolviera el contrato en octubre de 2013, por supuesto falseamiento en la “declaración jurada de enfermedades”. Sobre la cuestión a elucidar, recordó que el plexo normativo que rige en la materia exige no sólo la verificación de una falta de correspondencia entre los datos aportados y la realidad, sino la intencionalidad del afiliado de consignar la información inexacta u omitir el suministro de detalles que le eran requeridos. Puntualizó

    que, con las constancias aportadas a la causa, quedó evidenciado que al momento de solicitar la afiliación el Sr. Cruz conocía la enfermedad que afectaba a su hijo. Sobre este punto, entre otras cosas, destacó éste había sido internado poco antes del requerimiento de afiliación y que el estudio con el que se llegó al diagnóstico, había sido realizado tan sólo una semana antes.

    Fecha de firma: 02/05/2017 Alta en sistema: 05/05/2017 Firmado por: R.V.G. -G.M. -A.S.G., #16389625#177004544#20170502113025964 En igual sentido, recordó que la familia tenía conocimiento de que F. padecía un trastorno neurológico, pues aquello había sido comprobado en la primera internación en el Hospital Interzonal General de Agudos San Martín. Por todo ello, el sentenciante consideró que el actor obró de mala fe, concluyendo que la conducta de S.M. no fue arbitraria sino basada en una causa legalmente prevista y objetivamente comprobada. Por último, recordó el derecho que le asiste al amparista y a su grupo familiar de solicitar una nueva afiliación, pudiendo las entidades prestadoras del servicio de salud solicitarle el justo valor diferenciado de la cuota que correspondiere.

  2. Que contra lo así resuelto apeló el actor, quien se agravia de que el a quo haya considerado que su parte tenía conocimiento de la enfermedad al tiempo de solicitar la internación y, por consiguiente, que haya enmarcado su obrar en la mala fe contractual. En ese sentido, destaca la dificultad en el diagnóstico de la enfermedad padecida por su hijo e insiste en que, al tiempo de la afiliación no tenía cabal conocimiento de que patología lo afectaba. Por otra parte, se queja de la ponderación que el sentenciante realizó de la prueba producida en la causa y, en especial, del dictamen pericial médico. Por último, cuestiona que la propia demandada no haya arbitrado los medios para presentar un pedido de mayor costo ante la Superintendencia de Servicios de Salud, utilizando la rescisión del contrato como única alternativa a la cuestión planteada.

    Media además, impugnación que se vincula con la regulación de honorarios practicada en la pieza recurrida, a favor de la letrados intervinientes, por considerarlos excesivos.

  3. Conforme al relato efectuado, el punto central del recurso –y de la controversia– consiste en determinar si el actor al adherir al servicio de salud de medicina prepaga de...

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