Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 6 de Abril de 2018, expediente CIV 045902/2014

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2018
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L Expte n° 445.902/14 -Juzg.78- “C.L.A. c/ empresa Distribuidora Norte S.A Edenor y otro s/ daños y perjuicios (acc. tran. c/ les. o muerte)

En Buenos Aires, a de abril de dos mil dieciocho, encontrándose reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala “L” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a fin de pronunciarse en el expediente caratulado “C.L.A. c/

Empresa Distribuidora Norte S.A Edenor y otro s/ daños y perjuicios”

de acuerdo al orden del sorteo la Dra. P.P. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs. 296/305, recurre el actor por los agravios que expuso a fs. 325/328, cuyo traslado fuera contestado a fs. 332/333 y a fs. 335/ 339 por parte de Edenor S.A. y Autopistas del Sol respectivamente.

  2. En la instancia de grado se rechazó la demanda mediante la cual L.A.C., reclamó a Autopistas del Sol S.A. y a EDENOR la indemnización de los daños y perjuicios que habría sufrido como consecuencia del siniestro ocurrido el día 22 de agosto de 2013 a las 3:00 horas aproximadamente, sobre la calle colectora de la autopista Panamericana, en la localidad de Garín, Provincia de Buenos Aires, cuando manejaba su vehículo marca Fiat Palio Weekend por la calle General S. y al arribar a la mencionada colectora y girar hacia la izquierda con dirección a la localidad de B., en medio de un temporal de viento y sin que existiera iluminación artificial en ese sector de la calzada, colisionó contra dos postes de electricidad que yacían tendidos sobre dicha arteria colectora, invadiéndola por completo. Aseguró que además de los daños que el impacto frontal ocasionó en el sector delantero de su rodado, se produjo el roce del techo de la unidad con los cables de luz que aún permanecían conectados a la red eléctrica y que se hallaban colgando a causa de la caída de los postes, lo que provocó una Fecha de firma: 06/04/2018 Alta en sistema: 08/05/2018 Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA #21098818#202926080#20180406093006051 descarga eléctrica que quemó la pintura del techo de su automóvil.

    Para decidir el rechazo de la acción, el magistrado consideró que no se había probado el contacto entre el rodado del actor y un obstáculo ubicado sobre la traza asfáltica, y por cuanto no puede imputársele responsabilidad a la Autopista demandada, si la alegada colisión se habría producido como consecuencia de un accidente previo por parte de un tercero ajeno a la empresa vial y no se demostró que ésta obrara negligentemente en punto a la remoción y/o señalización del objeto caído producto del mismo.

    Con respecto a EDENOR S.A., el a quo entendió que no se acreditó fehacientemente que fuera propietaria del poste y del cableado caído y/o que se sirviera de los mismos para la prestación del servicio que brinda a sus clientes, por lo que no se le podía imputar responsabilidad por el daño causado al actor.

    El...

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