Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 1 de Diciembre de 2017, expediente CFP 007031/2016/1/CA002

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 7031/2016/1/CA2 CCCF - Sala 2 CFP 7031/2016/1/CA2 “C. L., C.

s/ regulación de honorarios”

J.. Fed. nº 1 - Sec. nº 2 Buenos Aires, 1 de diciembre de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. - Las presentes actuaciones se encuentran a estudio de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr.

    C.C.L. contra la resolución obrante a fs. 22/26 de este legajo, mediante la cual la Sra. Jueza de grado reguló en noventa mil pesos ($90.000) los honorarios profesionales a percibir por el nombrado por su desempeño como abogado defensor de T. F. El.

    El impugnante considera baja la suma discernida teniendo en cuenta la complejidad técnica del asunto y el tenor de la labor desarrollada, que a su criterio resultó determinante para definir la suerte del proceso a favor de su asistido. También solicita la fijación de los emolumentos de Alzada (ver fs. 28/31 y 37/40 de este incidente).

  2. - Los suscriptos entienden que dentro de la tarea a justipreciar deben ponderarse especialmente las presentaciones obrantes a fs. 67/77 -con sus respectivos anexos documentales-, 84, 98/111 y 141/144 del principal, además del seguimiento normal de la causa y el asesoramiento propios de la función. De igual modo, no puede pasarse por alto que el caso concreto requirió el análisis simultáneo de expedientes vinculados del fuero contencioso administrativo -federal y tributario de la ciudad-.

    Sobre esa base, valorando la naturaleza y complejidad de la cuestión ventilada, el resultado exitoso obtenido (ver fs. 127/138 del principal), el mérito de la actuación desplegada y la extensión temporal de la representación ejercida (cfr. aceptación de cargo del 19/07/16 que luce a fs. 56 del principal), se advierte que el monto establecido en el pronunciamiento atacado no aparece ajustado a las constancias de autos y Fecha de firma: 01/12/2017 Alta en sistema: 19/12/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Secretaria de Cámara...

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