Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 17 de Noviembre de 1999, expediente P 72330

PonenteJuez GHIONE (SD)
PresidenteGhione-Laborde-Pisano-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL:

La Sala II de la Cámara en lo Criminal y Correccional de Mercedes condenó a J.J.C. a treinta días de arresto domiciliario y ciento veinte pesos de multa por infracción al art. 96 inc. f de la ley 8.031 (v. fs. 46/49).

Contra este decisorio interpuso Recurso extraordinario de inconstitucionalidad el imputado por derecho propio con patrocinio letrado (v. fs. 54/56).

Opino que el recurso no puede prosperar.

La impugnación referida al art. 134 de la ley 8031, es improcedente en tanto dicho precepto no invierte la carga probatoria que determina los efectos que en ese terreno produce el acta en cuestión (art. 9 de la Constitución provincial).

Los planteos relativos a la “ausencia del cuerpo del delito” y a la prueba de cargo, resultan ajenos al recurso extraordinario intentado.

Por último el agravio vinculado al estado de indefensión en que se encontraría su asistido por no haber sido asistido por su defensor en la indagatoria, no es tal, toda vez que éste fue notificado en fs. 10 de la diligencia a cumplir.

Propicio, por lo que llevo dicho, el rechazo del recurso traído.

La Plata, 19 de marzo de 1999 E.M. De La Cruz

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores G., L., P., P., de L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 72.330, “C., J.J.. I.. art. 96 inc. f, ley 8031”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala II de la Excma. Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de Mercedes condenó a J.J.C. a la pena de treinta días de arresto domiciliario y ciento veinte pesos de multa por infracción al art. 96 inc. f de la ley 8031.

El imputado por derecho propio con patrocinio letrado interpuso recurso extraordinario de inconstitucionalidad.

Oído el señor P. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorG. dijo:

Coincido con lo dictaminado por el señor P. General en cuanto propicia el rechazo del presente reclamo.

  1. Argumenta el...

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