Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 24 de Agosto de 2015, expediente FCB 007385/2014/CA001
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2015 |
Emisor | Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS: “G.,V.
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c/ SANCOR MEDICINA PRIVADA S.A. (SANCOR SALUD) s/ PRESTACIONES FARMACOLOGICAS”
doba, veinticuatro de agosto de dos mil quince.-
Y VISTOS :
Estos autos caratulados: “G.,V.
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c/ SANCOR MEDICINA PRIVADA S.A. (SANCOR SALUD) s/ PRESTACIONES FARMACOLOGICAS” (Expte. N° FCB 7385/2014/CA1), venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, en contra de la Resolución dictada con fecha 1 de junio de 2015 por el señor Juez Federal Subrogante de B.V., que dispuso rechazar la acción de amparo impetrada por la señora G.,V.
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en contra de la Asociación Mutual Sancor, con costas a la accionante.-
Y CONSIDERANDO :
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Que a fs. 152/154 vta. apela y expresa agravios la recurrente en contra de la sentencia de fondo dictada por el señor Juez de grado. Sostiene que promovió la presente acción de amparo solicitando su reafiliación a Sancor Salud, por padecer una incapacidad crónica y en razón de que la demandada no había contestado los reiterados requerimientos llevados a cabo para la continuidad de su cobertura médica.-
Niega eficacia jurídica a la copia de carta documento supuestamente remitida por la demandada, a través de la cual se negaba su afiliación al no haber cumplimentado con el art. 10 de la ley 26.682. Sostiene que el a-quo dispuso tener por desistida la informativa librada a OCA, con lo cual el original de la supuesta carta documento aludida, jamás fue incorporado a la causa, con lo cual carece de sentido el rechazo de la acción deducida.-
En definitiva, solicita se revoque la sentencia de primera instancia y se haga lugar a la demanda en todas sus partes.-
Corrido el traslado de ley, la demandada refuta agravios a través de su escrito de fs. 164/165.-
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En primer término corresponde realizar una breve reseña de lo acontecido en la causa. La señora G.,V.
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promueve acción de amparo en contra de SANCOR MEDICINA PRIVADA S.A.
Fecha de firma: 24/08/2015 Firmado por: A.G.S. TORRES Firmado por: L.R.R. Firmado por: LILIANA DEL VALLE NAVARRO Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS: “G.,V.
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c/ SANCOR MEDICINA PRIVADA S.A. (SANCOR SALUD) s/ PRESTACIONES FARMACOLOGICAS”
(Sancor Salud) solicitando se la reincorpore en forma inmediata a la cartera de afiliados de la prepaga y se le brinde la cobertura de salud pertinente.
Sostiene que mantuvo relación de dependencia hasta el día 30 de septiembre de 2013 en un comercio y que en virtud de dicho vínculo laboral era beneficiaria de cobertura de salud otorgada por Sancor Salud. Con motivo del distracto por discapacidad, remitió cartas documento a la accionada con fecha 27 de noviembre de 2013 y 6 de diciembre de 2013 solicitando su continuidad en la cobertura de salud en función de la discapacidad padecida, a la vez que requería le informen las nuevas condiciones de la póliza respectiva. Al no obtener respuesta alguna por parte de la accionada, procede a iniciar la presente acción de amparo.-
A fs. 42/46 la demandada invoca la inadmisibilidad de la vía planteada y destaca que jamás ha existido de su parte negativa de prestación de cobertura, sino que se le ha informado a la actora que si deseaba contar con los servicios de medicina privada debía efectuar una declaración jurada de salud, en la que de acuerdo a sus afecciones se procedería al cálculo de la cuota a abonar en concepto de diferencia por la preexistencia (art. 10 ley 26.682). Que...
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