Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 11 de Octubre de 2018, expediente CCC 055709/2018/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CCCF- Sala I CFP 55.709/2018/1/CA1 “C A G s/rechazo de excarcelación”

J.. N° 9- Secretaría N° 18 Buenos Aires, 11 de octubre de 2018.

Y VISTOS,

Y CONSIDERANDO:

I.M. la intervención de este Tribunal el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de A G C (cfr. fojas 6/10), contra la resolución que luce a fojas 4/5 de este incidente, a través de la cual el Juez de grado decidió no hacer lugar a la excarcelación solicitada a favor del nombrado, bajo ningún tipo de caución.

  1. Calificados los comportamientos atribuidos como constitutivos de los delitos de lesiones leves agravado por inequívoco odio racial y por incitar la persecución hacia una persona a causa de su raza, en concurso real con daño agravado por haber sido cometido con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad (artículos 89, 183 y 184, inciso 1° del Código Penal y artículos 2, primera parte y 3, segunda párrafo de la Ley 23.592), el a quo fundó su decisión en la comprobación de circunstancias objetivas suficientes que robustecerían la presunción legal de que en caso de recuperar la libertad, el imputado podría intentar eludir Fecha de firma: 11/10/2018 Alta en sistema: 12/10/2018 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO #32615760#218762869#20181011134453922 Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 la acción judicial y/o entorpecer la investigación iniciada en su perjuicio. Así, más allá de aludir a las características propias de los sucesos atribuidos así como a la pena prevista para los ilícitos enrostrados, enfatizó que tampoco podía soslayarse la actitud asumida por C al momento de su aprehensión así como los antecedentes certificados en su legajo de personalidad.

    Concluyó, en consecuencia, que el éxito de la investigación podría verse seriamente comprometido si el imputado recuperara su libertad.

  2. En su presentación de fojas 6/10, la defensa dirigió su crítica a las razones esgrimidas por el magistrado de grado pues, conforme afirmó, ninguna de ellas encuentra justificación en los parámetros objetivos legalmente previstos para fundar la restricción de su libertad ambulatoria. Por el contrario, consideró que la libertad de C se torna perfectamente viable a partir de un análisis integral de las circunstancias personales del nombrado. A su vez...

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