Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 20 de Agosto de 2019

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita494/19
Número de CUIJ21 - 512122 - 9

Reg.: A y S t 291 p 467/471.

Santa Fe, 20 de agosto del año 2.019.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Defensor de C.R.C., contra el acuerdo 332, del 29 de mayo de 2018, dictado por los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctora S. y doctores L. y B., en autos caratulados "., C.R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'C., C.R. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL REITERADO AGRAVADO POR SER EL ENCARGADO DE LA GUARDA'- (CUIJ 21-06325552-9)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00512122-9); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por decisión del 27.11.2017 el Tribunal Pluripersonal integrado por los doctores Tutau y V. y la doctora S. condenó al imputado a la pena de quince años de prisión, accesorias legales y costas como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por ser el encargado de la guarda (arts. 119, y párrafos, inciso b, en función del 45 del Código Penal).

    Apelada esta sentencia por la defensa de C., los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctora S. y doctores L. y B., por fallo 332, del 29 de mayo de 2018, la confirmaron parcialmente, modificando la pena impuesta, que se fijó en la de diez años de prisión, accesorias legales y costas por el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado (al menos dos hechos), agravado por ser el encargado de la guarda (arts. 119, y párrafos, inc. b, en función del 45; 12; 19; 29, inc. 3; 40 y 41, C.P.) (fs. 11/29).

  2. Contra tal pronunciamiento, la defensa del imputado interpone recurso de inconstitucionalidad, cuestionando la valoración probatoria efectuada y la calificación legal del hecho.

    Así, alega que en el fallo no se examinó la incidencia del grado de comprensión y capacidad de comunicación de F. en la instancia de su declaración en "Cámara Gesell" y que la numerosa repetición del relato, sumada a la utilización por los psicólogos y por la psicopedagoga de entrevistas inductivas, "contaminaron la realidad psíquica" de la presunta víctima. Pone en crisis la posibilidad de determinar si hubo un abuso a partir de evaluaciones psicológicas, afirmando que los profesionales de la salud que la examinaron son testigos de referencias, dado que parten delos dichos de F. y de los de sus allegados y que sus conclusiones no están respaldadas por otras pruebas.

    Invoca que los parientes cercanos a la joven no resultan imparciales y objetivos y se agravia de que en la...

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