BUSTAMANTE, MONICA PATRICIA (EN REP DE MARIANA L. BUSTAMANTE) c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986
| Número de expediente | FPA 001310/2021/CA001 |
| Fecha | 27 Mayo 2021 |
| Número de registro | 840 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 1310/2021/CA1
Paraná, 27 de mayo de 2021.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “BUSTAMANTE, M.P. (EN
REP DE M.L.B.) CONTRA PAMI SOBRE AMPARO LEY
16.986”, expte. N° FPA 1310/2021/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná; y CONSIDERANDO:
I- Que, llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 04/05/2021, contra la sentencia del 30/04/2021.
El recurso se concede el 05/05/2021, contesta agravios el actor el 07/05/2021 y pasa la causa para resolver el 11/05/2021.
II-
-
Que, promueve este amparo la Sra. M.P.B., en representación de su hermana,
M.. L.B., contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados –INSSJP
PAMI–, y solicita la cobertura integral y gratuita de cuidador domiciliario veinticuatro (24) horas al día, más enfermería y kinesiología en su residencia dos veces por semana; conforme la discapacidad que padece y lo prescripto por su médico tratante.
-
Que, se presenta la obra social demandada y contesta el informe previsto en el art. 8 de la ley 16.986.
Refiere a la inadmisibilidad de la vía intentada y relata su versión de las circunstancias de caso.
Argumenta acerca de la falta de presentación de documentación suficiente a fin de obtener la cobertura y solicita la aplicación de los topes arancelarios previstos Fecha de firma: 27/05/2021
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
en la normativa vigente, ley 26.844 y resoluciones reglamentarias; atento que se trata de prestaciones integrales y no gratuitas.
-
Que, el Sr. Juez de primera instancia hace lugar a la acción promovida y ordena a la obra social demandada brindar a la amparista la cobertura de cuidador domiciliario 24 horas al día de lunes a domingo, a los valores establecidos en la ley 26.844 y resoluciones reglamentarias; los que deberán abonarse conforme el cálculo que surja de la multiplicación del importe horario por la cantidad de horas que deba cumplir la prestadora;
más enfermería y kinesiología domiciliaria dos veces por semana.
Impone las costas a la parte demandada por resultar vencida, regula honorarios en 22 UMA a la letrada de la parte actora y en 21 UMA a la apoderada de la demandada y tiene presente la reserva del caso federal.
Contra dicha decisión se alza la obra social recurrente.
III-
-
Que, la demandada relata los antecedentes del caso y cuestiona que se haya hecho lugar a la acción promovida, sin haberse acreditado la existencia de acción u omisión ilegítima y/o arbitraria de su parte; en tanto su contraria requiere la cobertura objeto del amparo sin presentar la documentación correspondiente y negándose a cumplimentar los requisitos exigidos por PAMI.
Expresa que el actor se aparta del sistema al exigir cuidados domiciliarios, en virtud de que se trata de una prestación Social y no médica, no prevista en la Ley de Discapacidad ni en el PMO.
Fecha de firma: 27/05/2021
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 1310/2021/CA1
Cuestiona que, si bien el juez aplica la normativa vigente para fijar los aranceles de cobertura, el cálculo que impone no resulta adecuado, en virtud de que corresponde considerar los valores para una jornada completa y no por hora.
Apela por altos los honorarios regulados a la letrada de la accionante y mantiene reserva del caso federal.
-
Que, contesta la parte actora, rebate los argumentos expuestos y solicita la confirmación del fallo recurrido. Efectúa reserva del caso federal.
IV- Que, a fin de resolver la cuestión traída a consideración, resulta adecuado recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido en repetidas oportunidades que los jueces no están obligados a analizar todos los argumentos articulados por las partes, sino únicamente aquéllos que a su juicio resulten decisivos para la resolución de la contienda (Fallos 276:132, 280:320,
303:2088, 304:819, 305:537, 307:1121).
V-
-
Que, en el presente caso no está controvertido que la amparista, de 39 años de edad, padece de discapacidad y retraso madurativo no especificado con alteraciones motoras y dependencia de silla de ruedas (Conforme certificados médicos y de discapacidad acompañados).
Su médica tratante, Dra. M.d.R.C.,
prescribe que necesita de personal especializado para el desarrollo de las actividades de la vida diaria, higiene,
alimentación, vestido; por lo que le prescribe cuidador domiciliario 24 horas con kinesiología y enfermería dos Fecha de firma: 27/05/2021
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
veces por semana (Ver certificados de fechas 09/02/2021 y 23/02/2021).
En virtud de ello, resulta acreditado en la causa el deteriorado estado de salud de la amparista, su discapacidad y la necesidad del tratamiento peticionado.
-
Que, en relación a los agravios invocados referidos a la ausencia de arbitrariedad y/o ilegalidad en la actuación de la obra social, se observa que la parte actora solicita la cobertura de la prestación objeto del presente amparo mediante diversas notas remitidas a la obra social en fechas 22/02/2021, 26/02/2021 y 19/03/2021.
Por su parte, surge que el PAMI contestó una única vez vía correo electrónico el día 26/02/2021 y citó a una entrevista a la actora; quién manifiesta que asistió y le negaron la cobertura peticionada.
En consecuencia, la respuesta brindada por la obra social, resulta arbitraria respecto de la necesidad de la amparista, en atención a que no brinda adecuada respuesta a los requerimientos efectuados y no evalúa la particular situación de una persona que padece de discapacidad, lo que vulnera su derecho a la salud.
Es que, la salud como valor y derecho humano fundamental encuentra reconocimiento y protección en diversos instrumentos comunitarios e internacionales en materia de Derechos Humanos, que gozan de jerarquía constitucional en virtud de lo preceptuado en el art. 75
inc. 22 de la Constitución Nacional reformada en 1994, a saber: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, arts. 7 y 9, Declaración Universal de Derechos Humanos de la O.N.U. de 1948, arts. 3, 8 y 25; Pacto Fecha de firma: 27/05/2021
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 1310/2021/CA1
Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, arts. 12-1, numeral 1 y 2, ap. d) y Pactos de Derechos Humanos art. 4, numeral 1, 5, 19, 26.
-
Que, en relación al agravio relativo a que la prestación solicitada resulta de carácter social y no médico, debe señalarse que se trata de una prestación netamente de salud en atención a lo prescripto por el profesional que atiente a la amparista y en virtud de que el reconocimiento constitucional del...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.