Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 9 de Agosto de 2017, expediente CNT 049101/2015/CA001

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Causa N°: 49101/2015 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA DEFINITIVA Nº 51179 CAUSA Nº 49.101/2015 - SALA VII - JUZGADO Nº 77 En la ciudad de Buenos Aires, a los 9 días del mes de agosto de 2017, para dictar sentencia en los autos: “BUSADAS, M.E.C.M.J.B.-CABRERAA.A.S.H.S./ DESPIDO”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs.3/7, se presenta la actora M.E.B. e inicia demanda contra M.J.B.-CABRERAA.A.S.H., en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedora con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.

    Aduce que ingresó a trabajar a las órdenes de la demandada -cuyo nombre de fantasía es MISTICA- en fecha 01-04-2008, para cumplir tareas como camarera de salón, en las condiciones y con las características que detalla.

    Da cuenta de las irregularidades e incumplimientos en que incurriera su empleadora, razón por la que realizara reiterados reclamos, que finalmente decidió plasmar en forma telegráfica.

    Señala que fue despedida por “abandono de trabajo”, lo que desconoce.

    Tras realizar algunas consideraciones más, reclama las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.

    A fs.35/37, los codemandados J.B.M. y Armando A.

    CABRERA, responden la demandada.

    Desconocen los extremos invocados por la parte actora, relatan su versión de los hechos y piden en definitiva el rechazo de la acción.

    La sentencia de primera instancia obra a fs.98/101, en la que el “a-

    quo”, luego de analizar los elementos de juicio obrantes en la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones de la parte actora.

    El recurso que analizaré llega interpuesto por la demandada (fs.

    102/103). Mereciendo réplica de la contraria a fs. 105/106.

  2. En líneas generales la demandada cuestiona el fallo en tanto juzgó que el despido decidido con invocación de abandono de trabajo resultó

    ilegítimo. Para hacerlo sostiene que no se han evaluado adecuadamente las pruebas aportadas a la causa.

    A mi juicio el “a-quo” ha hecho un claro análisis de los elementos fácticos y jurídicos de la causa y no veo en el escrito de recurso (cuyo contenido Fecha de firma: 09/08/2017 Alta en sistema: 10/08/2017 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #27300468#184129530#20170810085940946 Causa N°: 49101/2015 Poder...

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