Buenos Aires Bureau Relevamientos Sa S/concurso Preventivo

Fecha de publicación16 Junio 2009
Fecha de disposición16 Junio 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31674

' (11/7/96 'in re' Milano Daniel c/ Ministerio de Trabajo y Seguridad Social', y en igual sentido sala V CNFed. Cont. Adm. 3/3/97, y sala II 28/5/96, en sentido concordante CNFed. Cont.

Adm. Sal II, 19-08-99, L.L.1999-E, 624 - DJ,19993-903), no cabe duda alguna, que la situación descripta, pone en evidencia nuevamente el peligro en la demora y la urgencia en el dictado de la presente medida. Teniéndose en cuenta además lo establecido en la ley Nº 26.348 y en la acordada Nº 2/09 de la Corte Suprema de Justicia, como asimismo que ninguna de las partes acreditó ni manifestó siquiera, encontrarse impedida a realizar la desocupación del predio como consecuencia de haber recibido comunicación de algún Juez que indicara que por el estado de las actuaciones no correspondiera aplicar el procedimiento de reducción a los automotores alojados en el predio en cuestión. Que jurídicamente, cualquier cuestión de naturaleza dominial, litigio económico o controversia de interés que pudiera darse entre las jurisdicciones interesadas, no obsta a la inmediata y urgente resolución de esta temática ambiental y de salubridad, ya que aquella puede continuar su trámite en el tiempo y ésta requiere de una imperiosa y actual decisión. En virtud de lo expuesto y a tenor de lo que disponen los arts. 43, 75 de la Constitución Nacional, 25 del Pacto de San José de Costa Rica, 14, 10, 20, 21, 44 de la Constitución de la Ciudad, ley 153 y demás normas concordantes y complementarias. Fallo: 1º) Clausurar en forma inmediata el depósito de autos de la Policía Federal Argentina, ubicado en la fracción de terreno que linda con la Avda. Francisco Fernández de la Cruz, Avda. Escalada entre las vías del Ferrocarril Gral. Belgrano. 2º) Ordenar al G.C.B.A, arbitre los medios a su alcance para desocupar totalmente el predio y proceder a su desinsectación y desratización en el término de treinta (30) días.

  1. ) Requerir la colaboración del Sr. Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Dr.

Aníbal D. Fernández a efectos de que se dé curso al Programa Nacional de Descontaminación,

Compactación y Disposición Final de Automotores, dependiente de dicho Ministerio, aludido a fs. 985/986 del presente. 4º) Ordenar al GCBA la publicación integral de la presente a su costa, y por un día dentro de los tres días de notificado el presente, en los siguientes medios: a) Boletin Oficial de la Nación; b) Boletin Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; c) Diario Clarin y d) Diario La Nación, ello así a los fines de la toma de conocimiento por parte de todas las dependencias gubernamentales y Tribunales Federales, Nacionales y Locales que pudieran verse alcanzados por esta medida, por tener rodados depositados en el predio en cuestión, como consecuencia de causas en trámite en sus Tribunales, ello sin perjuicio de lo dispuesto por la ley 26.348 (B.O.21/01/2008) y la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº 2/09 de fecha 11/02/2009. 5º) ORDENAR al GCBA.que ponga a disposición de la Policía Federal Argentina un espacio físico sustitutivo de carácter transitorio o definitivo para viabilizar la desocupación dispuesta en el presente, permitiendo el depósito de las unidades que deberían conservarse por requerimiento...

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