Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 27 de Febrero de 2009, expediente 4.430/09

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2009

"BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES c TARNOGOL

ROBERTO H. S/ EJ S/ INC DE TASA DE JUSTICIA ART 11 LEY

23898| S/ incidente de tasa de justicia"

Expediente Nº 4430.09

Juzgado N° 20 - Secretaría Nº 39

Buenos Aires, 27 de febrero de 2009.

Y vistos:

  1. Apeló el Banco de la Provincia de Buenos Aires la intimación dispuesta por el juez de primera instancia a los fines de que tribute la tasa de justicia, según puede verse en la copia de fs. 9.

    El a quo mantuvo esa intimación tras un recurso de revocatoria, que desestimó (v. fs. 27 y sgtes.).

  2. La entidad bancaria provincial señaló que en virtud de lo estipulado mediante el Pacto de San José de Flores del 11 de noviembre de 1859 y reglas derivadas y complementarias, goza de aquella exención.

    Los fundamentos de la apelante obran en el escrito de fs. 16/19.

  3. El Sr. Representante del Fisco, en su dictamen de fs. 24,

    consideró que debía mantenerse la intimación.

  4. Esta Sala tuvo oportunidad de pronunciarse sobre la supuesta exención que invoca la accionante en este juicio al dictar sentencia en la causa "Banco de la Provincia de Buenos Aires c/Botner, N. s/ordinario s/inc. de pago de tasa de justicia", del 5.12.03, cuya copia se agrega precediendo la presente. Cabe aquí remitir a los fundamentos de la mayoría desarrollados en dicha resolución, ya que, por tratarse de idéntica cuestión, aquéllos son aplicables al sub lite.

    Por tanto, se desestimará el recurso de...

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