Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 22 de Diciembre de 2015, expediente CAF 021332/2009

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 21332/2009 BROGI MARÍA TERESA c/ EN-DTO 2067/08-M§

PLANIFICACIÓN-RESOL 1451/08 Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986 Buenos Aires, de diciembre de 2015.- MEE AUTOS Y VISTOS:

Los recursos extraordinarios interpuestos por la co-demandada, Ente Nacional Regulador del Gas, a fs. 288/302 y por la co-demandada, Estado Nacional – Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, a fs. 306/320 –replicado a fs.

325/326–; ambos, contra el pronunciamiento de fs. 284 y, CONSIDERANDO:

I.Q. en atención a que desde el dictado de la providencia de fs. 322, punto IV, del 6/7/2015 — por la que se ordenó la sustanciación del recurso extraordinario interpuesto por la co-demandada, ENARGAS, en los términos del artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y se puso expresamente a cargo del recurrente la confección y suscripción de la cédula pertinente—, transcurrió el plazo de tres (3) meses previsto en el artículo 310, inciso 2º, del citado código sin que el interesado haya cumplido con la carga procesal que le fue impuesta, corresponde decretar, de oficio, la caducidad de la instancia vinculada al remedio federal intentado a fs. 306/320 (ENARGAS). ASÍ SE

RESUELVE:

.

  1. Que, decidido lo anterior, corresponde considerar el recurso extraordinario deducido por la co-demandada, Estado Nacional, a fs. 288/302 ––replicado a fs. 325/326––, contra el pronunciamiento de fs. 284.

    Allí, se resolvió: 1) hacer parcialmente lugar al recurso de apelación interpuesto por el Defensor del Pueblo de la Nación, dejar sin efecto la resolución apelada, ordenar la prosecución del trámite de la causa y se dicte sentencia con respecto al periodo comprendido entre la creación de los cargos por el decreto nº 2067/08 hasta el momento de entrada en vigencia de la ley nº 26.784; 2)

    Fecha de firma: 22/12/2015 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 21332/2009 BROGI MARÍA TERESA c/ EN-DTO 2067/08-M§

    PLANIFICACIÓN-RESOL 1451/08 Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986 confirmar la resolución apelada en cuanto declara que resulta inoficioso dictar un pronunciamiento en la causa con respecto al periodo posterior e; 3) imponer las costas de esa instancia en el orden causado, en virtud de que las pretensiones de ambas partes prosperan de...

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