Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 3 de Diciembre de 2018

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2018
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita800/18
Número de CUIJ21 - 511716 - 7

Reg.: A y S t 287 p 172/173.

Santa Fe, 3 de diciembre del año 2.018.

VISTOS: Los autos "BROGGI, G.J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS: 'BROGGI, GUILLERMO JORGE S/ ESTAFAS REITERADAS - RECURSO DE APELACIÓN SOBRE RESOLUCIÓN DE FECHA 14/03/2017 QUE RECHAZA PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD Y NO HACE LUGAR A LA SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA' - (CUIJ N° 21-07000150-8) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00511716-7), venidos para resolver acerca de la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, interpuesto por la defensa del imputado contra la sentencia de este Tribunal de fecha 28 de agosto de 2018; y,

CONSIDERANDO:

Que el recurso interpuesto por la presentante (cfr. fs. 56/69v.) contra la decisión de esta Corte registrada en A. y S. T. 284, pág. 431 (fs. 49/53v.), no cumple con los recaudos establecidos en los incisos "d" y "e" del artículo 3 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 del Máximo Tribunal nacional.

En efecto, la compareciente no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que le dan sustento en relación con las cuestiones federales planteadas, ni demuestra que medie una vinculación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho aludido con fundamento en aquéllas.

Es que, de la lectura del memorial recursivo se advierte que los agravios constituyen un intento por renovar el debate respecto de planteos ya tratados y rechazados -violación de la garantía de juez natural y cuestionamiento de la intervención del querellante en el trámite y del valor otorgado por los Jueces de la causa al dictamen fiscal desfavorable-. Así, la interesada mediante la clara reiteración de postulaciones abordadas y resueltas oportunamente endilga a la sentencia atacada falta de motivación y dogmatismo por haber...

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