Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Julio de 2009, expediente C 99818

Presidente del tribunalKogan-Genoud-de Lázzari-Hitters
Número de expedienteC 99818
Fecha15 Julio 2009

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 15 de julio de 2009, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK.,G.,de L.,Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa C. 99.818, "., P.A. y otro contra L., J.L. y otro. Ejecución hipotecaria".

A N T E C E D E N T E S

La Sala II de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Lomas de Z. revocó la sentencia de primera instancia que había resuelto aplicar la teoría del esfuerzo compartido a la suma reclamada en autos y ordenó el depósito del importe impago conforme la paridad 1 peso 1 dólar estadounidense, más el coeficiente de actualización correspondiente, sin intereses (fs. 205/209).

Se interpuso, por la actora, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 213/225).

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:

I. La Cámara departamental revocó la sentencia de primera instancia que había resuelto aplicar la teoría del esfuerzo compartido a la suma reclamada en autos y ordenó el depósito del importe impago conforme la paridad 1 peso 1 dólar estadounidense, más el coeficiente de actualización correspondiente, sin intereses (fs. 205/209).

  1. Contra dicho pronunciamiento la actora en su recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley denuncia violación...

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