Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 27 de Abril de 2018, expediente CNT 010158/2017
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2018 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 10.158/2017 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nro. 43467 CAUSA Nro. 10.158/2017 - SALA
VII- JUZG. N.. 47 Autos: “BOUZAS, C.H. C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S /ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”
Buenos Aires, 27 de abril de 2018.
VISTO:
El recurso de apelación que dedujo SWISS MEDICAL ART S.A. a fs. 81/82., destinados a obtener la revocatoria de la resolución de fs. 79, que mereció la réplica de fs. 84/84vta.
Y CONSIDERANDO:
I) Que el Sr. Juez a quo entendió que el pedido de citación de Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ver fs. 67., punto XIV) no resultaba viable, atento que el accionante denunció que en mayo de 2016 tomó conocimiento de las afecciones que dijo padecer (fs. 6) y a ese momento tenía cobertura vigente la demandada, tal como lo reconoció a fs. 52vta., por lo que la rechazó por ausencia de fundamentación.
II) Que la accionada critica la decisión del juez de grado de desestimar la citación peticionada y vierte una serie de argumentos con fundamento en lo normado en el art. 47 de la LRT.
Que, cuando como en el caso, lo que se discute es una intervención coactiva, el requisito fundamental para su admisibilidad es que la controversia sea común, refiriéndose tal aspecto a la posibilidad de que una de las partes, al resultar vencida, se encuentre habilitada para intentar una pretensión de regreso contra el tercero, lo que debe resultar en forma manifiesta de los fundamentos de la petición lo que no sucede en el presente caso.
Que debe evidenciar además, la existencia de un interés jurídico que sea necesario proteger, extremo no verificado en el caso.
Que a influjo del marco excepcionalísimo que rige este tipo de planteos, se impone una interpretación restrictiva y la exigencia de una sólida fundamentación, además de un no menor concreto desarrollo fáctico de las circunstancias por las cuales la citación se pretende, pues como se ha sostenido reiteradamente, el actor no puede ser compelido a dirigir la acción contra quien no ha querido ejercitarla.
Que en atención a la forma en que ha quedado trabada la Litis no existen motivos suficientes que habiliten la citación, sobre todo si se tiene en cuenta que la recurrente (fs. 53., punto...
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