BOTTARO, STELLA MARIS Y OTRO c/ HOSPITAL DE CLINICAS JOSE DE SAN MARTIN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Fecha17 Marzo 2017
Número de expedienteCIV 031661/2005/CA002
Número de registro173956607

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 31661/2005. BOTTARO, S.M. Y OTRO c/ HOSPITAL DE CLINICAS JOSE DE SAN MARTIN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de marzo de 2017.- CC FS. 884 VISTOS y CONSIDERANDO:

I.-Vienen estos autos a la Alzada a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 829, concedido a fs. 836, contra la decisión de fs. 825/8.- El memorial fue presentado a fs. 837/48 y fue contestado a fs. 850/1.

Cuestiona el recurrente la decisión del magistrado de grado que admitió la excepción de prescripción opuesta por los demandados.

  1. Ahora bien, como es sabido, la finalidad del instituto de la prescripción es lograr un equilibrio entre la seguridad y la justicia; pues interesa al orden público y al orden jurídico “evitar la incertidumbre en las relaciones jurídicas. Hay una necesidad social de no mantener las relaciones de Derecho sin definirse dentro de un plazo prudencial y de respetar situaciones que deben considerarse consolidadas por el transcurso del tiempo” (v. Bueres, Alberto J.

    Dirección – Highton, Elena

  2. Coordinación, “Código Civil y normas complementarias. Análisis doctrinario y jurisprudencial”, E..

    H., Año 2001, Tomo 6 B, pág. 566).-

  3. De las constancias de la causa, surge que el presente proceso fue iniciado por la Sra. S.M.B. reclamando los daños y perjuicios que sufriera como consecuencia de la mala praxis médica realizada a su tía, M.A.B. con fecha 25 de marzo de 1997. Dicha demanda fue interpuesta con fecha 29 de...

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