Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 23 de Marzo de 2017, expediente CAF 083538/2015/CA001

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 83538/2015/CA1: “BOSAN SA c/ DNCI s/ LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 - ART 22”.

Buenos Aires, de marzo de 2017. CH.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Los Señores Jueces de Cámara, D.G.F.T. y D.J.F.A., dijeron:

  1. Que, a fojas 74/77, esta S., por mayoría, y a fin de salvaguardar el derecho de defensa en juicio del recurrente, intimó a BOSAN SA para que en el plazo de cinco (5) días de cumplimiento con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Nº

    22.802, según la modificación de la Ley Nº 26.993, bajo apercibimiento de declarar la inadmisibilidad formal del recurso de fojas 27/29vta.

  2. Que, atento al estado de las presentes actuaciones, toda vez que la parte actora no acreditó el pago de la multa requerida, corresponde declarar inadmisible el recurso directo interpuesto en los términos del artículo 22 de la Ley Nº

    22.802, con costas (artículo 68 del CPCCN).

    ASÍ VOTAMOS.

    El Señor Juez de Cámara, D.P.G.F., dijo:

  3. Que, me remito a lo expuesto en mi voto en la resolución de fojas 74/77, respecto la inconstitucionalidad del requisito del pago previo introducido por la Ley Nº 26.993, al artículo 22 de la Ley Nº

    22.802.

    ASÍ VOTO.

    Fecha de firma: 23/03/2017 Firmado por: G.F.T., J.F.A., P.G.F., #27904317#173503887#20170322130401521 En virtud de acuerdo que antecede, el Tribunal

    RESUELVE:

    Por mayoría: Declarar inadmisible el recurso directo interpuesto por BOSAN SA, en los términos del artículo 22 de la...

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