BORDON, CLAUDIO ABEL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Fecha23 Mayo 2023
Número de registro430
Número de expedienteCAF 024128/2019/CA001 - CA002

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

24128/2019 BORDON, C.A. Y OTROS c/ EN - M

SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS

FFAA Y DE SEG Juzg.n° 11

Buenos Aires, 23 de mayo de 2023.- MAP/JMS

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el juez hizo "efectivo el apercibimiento" dispuesto en la providencia del 14 de octubre y ordenó la formación de "incidente a los efectos de remitir a la justicia Criminal y Correccional a fin de que se investigue la posible comisión del delito tipificado en el art. 249 del Código Penal" (pronunciamiento del 9 de noviembre)

  2. Que la parte demandada dedujo un recurso de apelación en subsidio de un recurso de revocatoria que fue desestimado (presentación del 14 de noviembre).

    Sus agravios, que no fueron replicados, se fundan en las siguientes afirmaciones:

    (i) "La imposición de astreintes resulta a todas luces improcedente".

    (ii) "La aplicación de astreintes resulta inadmisibles".

    (iii) "La finalidad de las astreintes es presionar la voluntad del deudor a fin de constreñirlo a una cada vez mas comprometida situación patrimonial".

  3. Que esta sala ha dicho que la crítica concreta y razonada de la decisión apelada exigida por el artículo 265 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación no se sustituye con una mera discrepancia del criterio objetado, sino que implica el estudio de los razonamientos contenidos en aquélla, demostrando a la cámara las equivocadas deducciones, inducciones o conjeturas sobre las cuestiones resueltas (causa "G.J.A. c/ EN — M° Justicia — PFA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg", pronunciamiento del 1º de febrero de 2012).

    Fecha de firma: 23/05/2023

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Aun con el amplio criterio que pregona esta sala (causas "Escobar",

    "Suazo", "E.N.─ C.N.R.T. disp. 7964 y otra", "Ferla" y "González",

    pronunciamientos del 20 de marzo de 2012, y del 19 de febrero, 12 de marzo, 27 de agosto y 31 de octubre de 2013, respectivamente, entre otras),

    el memorial no cumple dicha exigencia.

    Ello es así en la medida en que los señalamientos formulados lejos están de aportar elementos de juicio a efectos de analizar las circunstancias de una manera distinta.

    En efecto, la parte demandada centró sus quejas en la improcedencia de las astreintes y solicitó la aplicación de la ley 26.944 que "rige la responsabilidad del estado...

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