Bonavita Espinola Carlos S/ Ausencia por Desaparicion Forzada

Fecha de la disposición 2 de Junio de 2010
  1. Edictos Judiciales ANTERIORES 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO NRO 3

'. Fdo. Alejandro J.

Catania. Juez. Ante Mí. Federico Roldán. Secretario.' Publíquese por cinco (5) días.

Buenos Aires, 12 de mayo de 2010.

Federico Roldán, secretario.

e. 28/05/2010 Nº 56330/10 v. 03/06/2010 CAMARA DEL TRABAJO SALA III SAN MIGUEL DE TUCUMAN TUCUMAN Se hace saber a Omega A.R.T. (en la persona de su Representante Legal), cuyo domicilio se desconoce, que por ante esta Sala Illa. de la Cámara del Trabajo del Centro Judicial Capital - Poder Judicial Tucumán, a cargo del Sr. Vocal Raúl Marcelo Díaz Ricci, Secretaría Actuaria desempeñada por Sergio Esteban Molina, tramitan los autos caratulados 'Rizo Juan Carlos c/ Papelera del Tucumán y Otro s/Accidente de Trabajo-Instancia Unica' - Expediente Nº 1378/97, en los cuales ha recaído la resolución que a continuación se transcribe y que deberá publicarse 'Libre de Derechos' en el Boletín Oficial de la Nación: 'S. M. de Tucumán, junio 19 de 2009.

Resuelve: I.- Admitir la demanda promovida por el señor Juan Carlos Rizo, argentino, mayor de edad, casado, obrero, con domicilio en Nuestra Señora del Pilar s/nº, Punta del Monte de esta provincia, en contra de Papelera Tucumán SA, sociedad comercial con domicilio en ruta Nº 38.

En consecuencia, se condena a esta última al pago de la suma total de $ 6.048,79 (pesos seis mil cuarenta y ocho con setenta y nueve centavos) en concepto de indemnización por accidente de trabajo in itinere del 8-02-96, la que deberá hacerse efectiva dentro de los 10 días de ejecutoriada la presente bajo apercibimiento de Ley, observándose el cumplimiento de las normas tributarias y previsionales federales, absolviéndola de la indemnización por el accidente de trabajo acaecido el 18-11-92, por lo considerado. II.- Admitir la excepción de falta de acción opuesta por la citada en garantía Omega Art, por lo tratado.

  1. Costas: a la demandada Papelera Tucumán SA como se consideran. IV.- Honorarios: 1) Al letrado Miguel Araoz por su actuación en el doble carácter por el actor en dos etapas del proceso de conocimiento la suma de $ 280 (pesos doscientos ochenta) y por la reserva hecha a fs. 92 la suma de $ 280 (pesos doscientos ochenta).- 2) A la letrada Eugenia Ester Silveti Perez por su actuación en el doble carácter por el actor durante el proceso de conocimiento la suma de $ 280 (pesos doscientos ochenta).- 3) A la letrada María Cristina Grunauer de Falu por su actuación en el doble carácter por la accionada en las tres etapas del proceso de conocimiento la...

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