Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III, 16 de Octubre de 2019, expediente CNT 020225/2016/CA001

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2019
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPTE N° 20225/2016/CA1 “B.D.A. C/ INSTITUTO SUPERIOR PERITO MORENO S.RL. S/ DESPIDO ”.

JUZGADO N° 2 Buenos Aires, 16/10/2019 AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO QUE:

Tiénese presente el acuerdo de pago formulado a fs. 202 y lo convenido en cuanto a las costas del proceso.

En atención a lo acordado en relación con el régimen de costas del proceso, deviene abstracto el tratamiento del recurso interpuesto a fs. 193/195.

Con relación al recurso de apelación del perito contador de fs.

188, de conformidad con las tareas desempeñadas por el mismo en la instancia anterior, los honorarios regulados resultan reducidos por lo que se elevan a la suma de $ 10.000, de conformidad con los arts. 38 y 40 de la ley 18345; 3, 6 y concs. del decreto-ley 16.638/57, y demás leyes arancelarias vigentes, y a cargo de la demandada.

En relación con la adición del IVA a los honorarios regulados, esta S. ha decidido en la sentencia 65.569 del 27 de septiembre de 1993, en autos “Q., R. c/ Autolatina Argentina S.A. s/ accidente-ley 9688”, que el impuesto al valor agregado es indirecto y por lo tanto grava el consumo y no la ganancia, por lo que debe calcularse su porcentaje, que estará a cargo de quien deba retribuir la labor profesional. En el mismo sentido se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Compañía General de Combustibles S.A. s/recurso de apelación”

(C.181 XXIV del 16 de junio de 1993), al sostener “que no admitir que el importe del impuesto al valor agregado integre las costas del juicio –adicionárselo a los honorarios regulados- implicaría desnaturalizar la aplicación del referido tributo, pues la gabela incidiría directamente sobre la renta del profesional, en oposición al modo como el legislador concibió el funcionamiento del impuesto”.

En caso de tratarse de responsables inscriptos, deberá

adicionarse a las sumas fijadas en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR