Boletín Oficial Nº 2389 - 22 de Septiembre de 2000

Fecha de publicación22 Septiembre 2000
Año2000
Número de Gaceta2389
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T I N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPUBLICA ARGENTINA
Gobernador: ...................................................................................................... Dr. Rubén Hugo MARIN
Vice-Gobernador:......................................................................................... Dr. Heriberto Eloy MEDIZA
Ministro de Gobierno y Justicia: .................................................................Dr. César Horacio BALLARI
Ministro de Bienestar Social: ......................................................................Sra. Marta Elena CARDOSO
Ministro de Cultura y Educación:..................................................................Prof. Miguel Angel TANOS
Ministro de la Producción: ................................................................Ing. Agr. Néstor Ricardo ALCALA
Ministro de Hacienda y Finanzas:....................................................... C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO
Secretario General de la Gobernación:........................................................... Sr. Cándido Hipólito DIAZ
Asesor Letrado de Gobierno: ........................................................................Dr. Pablo Luis LANGLOIS
Fiscal de Estado: .......................................................................................Dr. Pedro Mario ZUBILLAGA
Secretario de Obras y Servicios Públicos..................................................Ing. Raúl Víctor RODRIGUEZ
Dirección : Sarmiento nº 335 - Telefax 02954- 436323 - www. lapampa.gov.ar
AÑO XLVI - Nº 2389.- SANTA ROSA, 22 de Setiembre de 2000.-
SUMARIO
Página
Decretos Sintetizados: (Nros. 1235 a 1263)......................................................................................... 1226
Designaciones: (Nro. 1264).................................................................................................................. 1228
Ministerio de Gobierno y Justicia
Subsecretaría de Asuntos Municipales: (Disp. Nros. 125 a 131).......................................................... 1228
Ministerio de Bienestar Social: (Res. Nros. 841 a 848, 856, 857,861, 864, 866, 870 y 871)............... 1229
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. Nros. 748, 750 y 767)......................................................... 1230
Ministerio de la Producción: (Res. Nro. 231, 233, 234, 237 y 238)..................................................... 1230
Subsecretaría de Cooperativas: (Disp. Nros. 2 y 3)............................................................................... 1230
Dirección de Cooperativas: (Disp. Nro. 17).......................................................................................... 1231
Dirección de Comercio Interior y Exterior: (Disp. Nros. 102 y 117).................................................... 1231
Ministerio de Hacienda y Finanzas-Sec. de Obras y Servicios Públicos: (Res. Nros. 27, 28,30 y 31). 1231
Comisión Técnica Acueducto Río Colorado: (Res. Nro. 03)................................................................ 1232
Subsecretaría de Hacienda
Dirección General de Rentas: (Res. Gral. Nro. 36)................................................................................ 1232
Tribunal de Cuentas: (Sentencias Nros. 2464 y 2465)........................................................................... 1233
Instituto de Seguridad Social-DAFAS-: (Res.Nros. 52, 442, 57 y 59).................................................. 1234
Licitaciones:.......................................................................................................................................... 1235
Edictos de Mina:................................................................................................................................... 1235
Avisos Judiciales:................................................................................................................................. 1238
Pág. n° Santa Rosa, 22 de Setiembre de 2.000 BOLETIN OFICIAL n° 2389
1226
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:................................................................................ 1256
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N° 1235 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Anticípase al Director de Comercio Interior y Exterior,
Señor Sandro ASTENGO, D.N.I. n° 17.379.546, quién
se desempeñará como Coordinador de las actividades,
que viajará a Capital Federal para anticipar entre el 07
y 10 de Septiembre próximo en la II Exposición
Federal de la Pequeña y Mediana Empresa, la suma de
$ 15.000.-, autorizando al mismo a efectuar gastos que
excedan el monto de las compras directas, con ajuste al
artículo 34, inciso c) punto 1) de la Ley 3, modificada
por la Norma Jurídica de Facto 930, importe que será
destinado a atender todas las erogaciones que demande
la puesta y funcionamiento del stand provincial en la
referida muestra.-
Decreto N° 1236 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 12
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Luciana Edith CORDOBA, D.N.I. n°
25.912.173, Clase 1977, y por el período comprendido
entre el 10 y hasta el 30 de Julio de 2000, para
desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el Centro
de Salud de Villa Germinal, dependiente de la
Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1237 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Fabiana Alicia BALLADORI, D.N.I.
n° 17.864.344, Clase 1966, y por el período
comprendido entre el 20 de Junio y hasta el 19 de
Agosto de 2000, para desempeñar tareas inherentes a
dicha rama en el Establecimiento Asistencial de Trenel,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1238 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 12
(Rama Técnica) -Ley 1279- de locación de servicios
formalizado por el Ministerio de Bienestar Social con
doña María Victoria MARQUEZ, D.N.I. n°
23.460.623, Clase 1973, y por el período comprendido
entre el 20 de Junio y hasta el 2 de Agosto de 2000,
para desempeñarse como Técnica Radióloga en el
Establecimiento Asistencial “Doctor Lucio Molas”,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1239 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Apruébase el contrato de locación de servicios
equiparado a la Categoría 7 (Rama Administrativa)
formalizado, entre el señor Secretario General de la
Gobernación y la señorita Andrea Patricia BRAVO,
D.N.I. n° 25.463.760, Clase 1976, que forma parte
integrante del presente Decreto, de conformidad a lo
previsto en el artículo 3° y 4° de la Ley n° 643.-
La contratación aprobada precedentemente,
tendrá vigencia entre la fecha del presente Decreto y
hasta el 31 de Diciembre de 2000.-
Decreto N° 1240 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Apruébase la prórroga del contrato de locación de
servicios aprobado por Decreto n° 835/00, formalizado
por el Ministerio de Bienestar Social con la agente
contratada equiparada a la Categoría 16 (Rama
Servicios Generales y Mantenimiento) -Ley 1279-
Elisa ROA MENELIGUE, D.N.I. n° 92.582.089, Clase
1958, perteneciente al Establecimiento Asistencial “Dr.
Lucio Molas”, dependiente de la Subsecretaría de
Salud, la que tendrá vigencia a partir del 15 de Junio y
hasta el 14 de Agosto de 2000, correspondiendo
asimismo el pago del Adicional por Riesgo
Hospitalario.-
Decreto N° 1241 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto,
agente Categoría 14 (Rama Administrativa
Hospitalaria) -Ley 1279- a doña Griselda Noemí
MILANESE, D.N.I. n° 20.561.091, Clase 1969, en la
Jurisdicción “E” Ministerio de Bienestar Social,
Unidad de Organización 20, Subsecretaría de Salud,
por un período condicional de 180 días corridos de
servicio efectivo, encuadrada en los artículos 30 y 31
de la Ley 643.-
Decreto N° 1242 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acéptase a partir del 13 de Mayo de 2000, la renuncia
por Razones Particulares presentada por la agente
Categoría 7(Rama Profesional con 44 horas semanales
de labor y Dedicación Exclusiva) -Ley 1279- Leila
SLUTZKY BANET, D.N.I. n° 18.742.839, Clase 1954,
perteneciente a la Subsecretaría de Salud,
exceptuándose del cumplimiento a lo establecido por el
artículo 38 inciso h) de la Ley 643.-
Decreto N° 1243 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acéptase, a partir del 01 de Agosto de 2000, la
renuncia a los fines de acogerse a los beneficios de la
Jubilación Ordinaria Civil del agente categoría 9 -
Rama Mantenimiento y Producción- señor Jacinto
RETAMALES (D.N.I. n° M 7.341.438, Clase 1934),
perteneciente al Ente Provincial del Río Colorado,
quien ha optado por hacer uso del derecho que le
acuerda el Artículo 173° bis de la Ley n° 643
(Artículo 4° de la Norma Jurídica de Facto 934).-
Decreto N° 1244 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acuérdase un aporte no reintegrable a favor de la
Municipalidad de Lonquimay -043-0 por la suma total
de $ 10.400,00, los que serán destinados a distintas
Instituciones Intermedias de ésa localidad, s/expte. n°
6859/00.-
BOLETIN OFICIAL n° 2389 Santa Rosa, 22 de Setiembre de 2.000 Pág. n°
1227
Decreto N° 1245 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acuérdase un aporte no reintegrable a favor de la
Municipalidad de Catriló 041-4 por la suma total de $
10.000,00, los que serán destinados a distintas
Instituciones Intermedias de ésa localidad, (Expte. n°
6858/00).-
Decreto N° 1246 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acuérdase un aporte no reintegrable a favor de la
Municipalidad de Anguil -021-6 por la suma total de $
10.000,00, los que serán destinados a distintas
Instituciones Intermedias de ésa localidad. (Expte. n°
6861/00).-
Art. 2°.- Tesorería General, previa
intervención de la Contaduría General, transferirá a la
Municipalidad de Anguil -021-6 el aporte que se
acuerda por el artículo anterior, con cargo a la
Jurisdicción “D”- .0. -01 -1 -160 -1 -030 -02 -01 -00 -
034 -3- (Municipios Varios - Ministerio de Economía
de La Nación).-
Decreto N° 1247 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acuérdase un aporte no reintegrable a favor de la
Comisión de Fomento de La Reforma -142-0 por la
suma total de $: 2.500,00, los que serán destinados a la
construcción de un Mini Poli Deportivo.-
Art. 2°.- Tesorería General, previa
intervención de la Contaduría General, transferirá a la
Comisión de Fomento de La Reforma -142-0- el aporte
que se acuerda por el artículo anterior, con cargo a la
Jurisdicción “D” -01 -1 -160 -1 -031 -02 -01 -00 -034 -
0 (Municipios Varios - Ministerio de Economía de La
Nación).-
Decreto N° 1248 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acuérdase un aporte no reintegrable a favor de la
Municipalidad de Bernardo Larroudé -061-2 por la
suma total de $: 1.000,00, los que serán destinados a la
Asociación Bomberos Voluntarios de Bernardo
Larroudé y Sarah, para la adquisición de un equipo
hidráulico de rescate.-
Art. 2°.- Tesorería General, previa
intervención de la Contaduría General, transferirá a la
Municipalidad de Bernardo Larroudé -061-2- el aporte
que se acuerda por el artículo anterior, con cargo a la
Jurisdicción “D” 01- 160- 1- 031- 02- 01-00- 034- 0-
(Municipios Varios - Ministerio de Economía de La
Nación).-
Decreto N° 1249 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acuérdase un aporte no reintegrable a favor de la
Municipalidad de Santa Isabel -053-9 por la suma total
de $ 5.000,00, los que serán destinados a distintas
Instituciones Intermedias de ésa localidad. (Expte. n°
6863/00).-
Art. 2°.- Tesorería General, previa
intervención de la Contaduría General, transferirá a la
Municipalidad de Santa Isabel -053-9 el aporte que se
acuerda por el artículo anterior, con cargo a la
Jurisdicción “D”- .0. 01- 1- 160- 1- 030- 02- 01- 00-
034- 3- (Municipios Varios - Ministerio de Economía
de La Nación).-
Decreto N° 1250 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Acuérdase un aporte no reintegrable a favor de la
Municipalidad de Ingeniero Luiggi -196-6 por la suma
total de $ 3.000,00, los que serán destinados para
equipar la Residencia de Geriatría de dicho Municipio.-
(s/Expte. n° 6860/00).-
Art. 2°.- Tesorería General, previa
intervención de la Contaduría General, transferirá a la
Municipalidad de Ingeniero Luiggi -196-6- el aporte
que se acuerda por el artículo anterior, con cargo a la
Jurisdicción “D” 01- 1- 160- 1- 031- 02- 01- 00- 034-
0- (Municipios Varios - Ministerio de Economía de La
Nación).-
Decreto N° 1251 - 6-IX-00 - Art. 1°.- Dónase
al Obispado de Santa rosa, los siguientes bienes
pertenecientes al Estado Provincial: un armario
metálico, número de inventario 753; un mueble
biblioteca, número de inventario 234521.-
Decreto N° 1252 - 6-IX-00 - Art. 1°.-
Declárase de Interés Provincial el “Torneo Nacional de
Natación de Infantiles”, a desarrollarse entre los días
07 al 10 de setiembre del corriente año en la sede de la
Asociación Club Atlético All Boys de esta ciudad.-
Decreto N° 1253 - 6-IX-00 -Art. 1°.-
Establécese que los beneficios otorgados por el artículo
50 de la Ley n° 1889, son de aplicación para los
deudores que hayan comenzado a regularizar sus
deudas fiscales al amparo de la Ley n°1803 en su
redacción original, como así también de aquellos que
se acogieron a los beneficios de la reforma introducida
por la Ley n° 1851.-
Decreto N° 1254 - 6-IX-00 - Art. 1°.- A
partir del 14 de Enero de 1999, la agente perteneciente
a la Subsecretaría de Salud Elcira Azucena VIVIER,
D.N.I. n° 11.204.051, Clase 1954, Categoría 16 -Rama
Servicios Generales y Mantenimiento-, pasará a
revistar en la Categoría 15 de la Rama Enfermería, de
acuerdo a lo dispuesto por los artículos 11 inciso b), y
61 de la Ley n° 1279, -sustituído por los artículos 25
inciso c) y 34 de la Ley 1889-.-
Decreto N° 1255 - 6-IX-00 - Art. 1°.- A
partir del día 15 de Marzo de 2000, la agente
perteneciente a la Subsecretaría de Salud Estefanía
HERRERA, D.N.I. n° 14.145.951, Clase 1957-,
Categoría 16 de la Rama Servicios Generales y
Mantenimiento, pasará a revistar en la Categoría 14 de
la Rama Administrativa Hospitalaria, de acuerdo a lo

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