Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 18 de Noviembre de 2016, expediente CNT 048864/2014/CA001

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 48864/2014/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA 79368 AUTOS: “BOIANELLI, D.F. c/ PROVINCIA ART S.A. s/ Accidente Ley Especial” (JUZG. Nº 20).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 18 días del mes de noviembre de 2016 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y EL DOCTOR E.N.A.G. dijo:

Contra la sentencia de grado que rechazó la demanda apela la parte actora.

Por la regulación de sus honorarios lo hace la perito médica.

La sentencia de grado rechaza la demanda pues entiende que no se ha acreditado la existencia de vínculo causal entre el accidente que el actor sufriera y el daño, ya que lo expuesto por la perito médica indica que si bien existe lesión la misma no es consecuencia del hecho denunciado. La a quo remarca que en la experticia indica que no se encuentra incapacidad física relacionada causalmente con el reclamo.

En su tesis recursiva el actor plantea que la etiología de la enfermedad se produjo por el traumatismo sufrido en ocasión de su trabajo, en tanto al desarrollar sus tareas de seguridad del predio al que estaba asignado separó a dos jóvenes que peleaban y uno de ellos cayó sobre su cuerpo provocando una caída brusca de espaldas al pavimento. Ese traumatismo fue lo que desencadenó la lumbalgia y discopatía sufrida.

Respecto al análisis de la etiología de la afección -hernias discales-, si bien las mismas pueden vincularse diversos factores entre los cuales puede mencionarse el tabaquismo, la falta de ejercicio regular, una alimentación inadecuada, un proceso de envejecimiento, o un traumatismo, golpe violento o esfuerzo mal realizado que puede ser el detonante para que un disco que se encuentra sano se hernie, o traumatismos y sobre-esfuerzos que sean la causa de que un disco herniado empeore aún más.

En el caso lo que se discute es un supuesto padecimiento de tipo degenerativo o la consecuencia de un traumatismo producido en ocasión del trabajo.

En este orden de ideas, si bien la causalidad es uno de es uno de los problemas de mayor envergadura en el análisis epistémico, no hay una manera matemática de atribuir la relación de causalidad pues, en la medida que ello se encuentra abierto a multitud de factores, la inferencia sobre la relación de causalidad siempre tiene algo de apuesta. Obviamente la determinación de la de la causalidad como de la magnitud del daño indemnizable o de la incapacidad, constituye un resorte exclusivo del juzgador que se encuentra impelido por razones de índole legal, incluso ficciones, de modo diferente que un científico.

Fecha de firma: 18/11/2016 Firmado por: E.N.A.G., JUEZ DE CÁMARA 1 Firmado por: L.M.D.'ARRUDA, SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: G.E.M., JUEZ DE CÁMARA #23978101#167167515#20161118085802715 En este orden de ideas, el planteo degenerativo de los discos vertebrales no se corresponde con una columna de 32 años de vida. Por ello y partiendo de la base que un traumatismo, golpe violento o esfuerzo mal realizado puede ser el detonante...

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