Bogado Nancy Lucia S/defraudacion por Retencion Indebida

Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2010

Miércoles 29 de diciembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.058 13 de inhabilitación absoluta que prescribe el artÃculo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes –cocaÃna–, figura prevista y penada por el artÃculo 5'° inciso “C” de la ley 23.737, con costas.

Segundo: Remitir a José MarÃa Torrez López al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que deberá evaluar la solicitud de permanencia efectuada por el nombrado y disponer la permanencia en el actual lugar de detención o el alojamiento en una unidad de la institución que favorezca a las visitas familiares y coadyuve a la resocialización, cumpliendo asà con el fin de la pena.

Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el dÃa 06 de Noviembre del año dos mil trece, y diez dÃas para el pago de multa y costas del Juicio.

Cuarto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de José MarÃa Torrez López, para su correspondiente notificación en ese lugar.

Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de José MarÃa Torrez López dispuesta a fs. 58/59 de autos.

Séptimo: Mandar que por SecretarÃa se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.— Marta Liliana Snopek.— René Vicente Casas.— Jorge Luis Villada. Ante mÃ: EfraÃn Ase, Secretario.

e. 23/12/2010 N'° 158769/10 v. 05/01/2011 % 13 % JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL NRO. 6

SECRETARIA NRO. 12

.-” Fdo: Dr.

Rodolfo A. Canicoba Corral, Juez Federal. Ante mÃ: Dr. Sergio A. Echegaray, Secretario Federal.

PublÃquese por el término de cinco dÃas.

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2010.

e. 24/12/2010 N'° 159648/10 v. 30/12/2010 % 13 % JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO NRO. 3

He Sung Choi por el término de cinco (5) dÃas (art.

”. Fdo. Rafael Francisco Caputo, Juez Nacional. Ante mÃ: Sandra V. Goñi,

Secretaria. PublÃquese por cinco (5) dÃas.

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2010.

Sandra Viviana Goñi, secretaria.

e. 24/12/2010 N'° 161577/10 v. 30/12/2010 % 13 % Juzgado Nacional en lo Penal Económico N'° 3, a cargo del Dr. Rafael Francisco Caputo, SecretarÃa N'° 5, en la causa N'° 11.495/06 caratulada:

“Meifengzi; Han Zhuqun s/av. de contrabando” se notifique a Han Zhuqun (C.I. 14.891.138 y D.N.I.

I) Disponer el archivo de la presente causa N'° 11.495/06 en lo atinente a las denuncias mencionadas por el considerando 1'° del presente, por inexistencia de delito penal (art. 195 in fine del C.P.P.N.). II) Extraer testimonios de las partes pertinentes y remitirlos a la A.F.I.P.-D.G.A. a fin de que se investigue la presunta comisión de una infracción aduanera respecto de las denuncias mencionadas por el considerando 1'° de la presente. III) Dejar sin efecto, una vez firme lo ordenado por los puntos I y...

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