Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 11 de Agosto de 2017, expediente CSS 066786/2011/CA001

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº66786/2011 Sentencia Interlocutoria AUTOS: B.M.T. Y OTROS c/ GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Ciudad Autónoma de Buenos Aires, VISTO

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones llegan a conocimiento de esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución de fs. 58/9 Se queja por la imposición de las costas y los honorarios regulados, por considerarlos elevados.

Respecto del agravio referido a la imposición de costas el caso ha de regisrse por el principio general en la materia, que las mismas se imponen al vencido (art. 68 del CPCCN)

Tal principio se basa en que las costas procesales representan los gastos que las partes se obligadas a efectuar como consecuencia de la sustanciación del litigio y comprende tanto el abono de las tasas judiciales como la satisfacción de los honorarios de los letrados, peritos y las erogaciones efectuadas para la producción de medidas probatorias o de otra índole, por lo que, en principio y dentro de nuestro sistema positivo, las costas deben ser soportadas por la parte perdidosa como consecuencia práctica del hecho objetivo de la derrota, y ello siguiendo una directriz axiológica en virtud de la cual “se debe impedir, en cuanto sea posible, que la necesidad de servirse del proceso para la defensa del derecho de convierta en daño de quien se ve constrañido a accionar o defenderse en juicio para pedir justicia”( conf. Palacio, Lino E. “Derecho Procesal Civil”, T.I., pag 366, F. y Y. “Código Procesal Civil y Comercial” T.I, pag. 68). En consecuencia, se ratifica lo...

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