Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 11 de Noviembre de 2022, expediente CIV 069535/2020/CA001

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

69535/2020

BLANK, ELISA Y OTROS s/SUCESION AB-INTESTATO

Buenos Aires, de noviembre de 2022.- FE

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. El presente sucesorio fue remitido a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto, en subsidio, el día 22 de septiembre de 2022, contra la providencia del día 19 del mismo mes y año, por medio de la cual, el magistrado de grado ordenó que previo a disponer la inscripción de la declaratoria junto con el acuerdo de partición, respecto del inmueble sito en Av. Corrientes 781/91, deberá

    presentarse en estos autos informe de dominio e inhibición actualizados, tasa judicial y certificado de inexistencia de deuda y valuación fiscal homogénea.

  2. En la especie, según surge del sistema Lex 100, se presentaron G.J.C.B. y F.G.C.B., en su carácter de hijos de la causante E.B..

    Denunciaron que el presente proceso se encuentra relacionado con el expediente caratulado “Aliende, L.O. s/ Sucesión Ab Intestato” nro 54030/2016, por trámite ante el mismo juzgado -por conexidad dispuesta posteriormente- debido a que el acervo hereditario es común ya que ambos causantes, A. y B., eran cónyuges.

    Se denunció como integrante del acervo sucesorio a los siguientes bienes: 1) 60% indiviso de un inmueble ubicado en calle J.7., Piso 4to “A” de la Ciudad de Buenos Aires y 2) 50%

    indiviso de un bien ubicado en la calle Avenida Corrientes 785 piso 7mo “71” de la Ciudad de Buenos Aires (CP1043).

    Luego de dictada la declaratoria de herederos, se presentó un acuerdo de partición, también agregado en la sucesión de Aliende Luis Fecha de firma: 11/11/2022

    Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

    Orlando, que incluyó los bienes integrantes de ambos acervos sucesorios. En dicho instrumento se acordó, entre otras cuestiones,

    adjudicar a los coherederos del cónyuge de la aquí causante, M.J.A., M.L.A. y F.M.A., el 100% del inmueble ubicado en la Av. Corrientes 781/91, ordenándose en la sucesión antes referida la inscripción del inmueble ante el Registro de la Propiedad Inmueble.

    En esa oportunidad, los herederos de la sucesión conexa y adjudicatarios del bien que integra esta sucesión, abonaron la tasa de justicia por el 100% de la valuación del inmueble ($ 10.470,78 más $

    1470,78 por bienes muebles), acompañaron los certificados de dominio, inhibición de ambos causantes, así como el título...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR