BLANCO MARCELO FABIAN c/ PANE DANIEL FRANCISCO Y OTRO s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO

Número de registro189353882
Fecha26 Septiembre 2017
Número de expedienteCIV 039724/2012

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 39724/2012 B.M.F. c/ PANE DANIEL FRANCISCO Y OTRO s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO Buenos Aires, de septiembre de 2017.- MPL Y vistos y considerando:

  1. En la especie, la parte actora solicita el replanteo de prueba en los términos del art. 260 inc.2) del código de rito y se designe perito psicólogo de oficio para que determine la debilidad psicológica del peticionate y su estado emocional al momento del acto lesivo (v. 345).

  2. Es sabido que la apertura a prueba en la alzada tiene carácter excepcional, habida cuenta que las situaciones que autorizan dicha apertura son expresadas por la ley de modo limitativo y deben encararse, en principio, con criterio restrictivo para no convertir a la segunda instancia en una faz de dilación del proceso o desequilibrar la igualdad de las partes o reabrir cuestiones sobre procedimientos preclusos (cfr. F., C.E. –AraziR., “Código Procesal...

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