BISET OSVALDO FRANCISCO c/ ARTE GRAFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Fecha16 Diciembre 2014
Número de expedienteCIV 006919/2009/CA001
Número de registro118420542

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F “B., O.F.C./ ARTE GRÁFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” EXPTE. N° 6.919/2.009 –JUZ.

61-

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina a los días del mes de diciembre de dos mil catorce, reunidos en acuerdo los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “F”, para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: S.. Jueces de Cámara Dres. GALMARINI.

ZANNON

  1. POSSE SAGUIER.

    A las cuestiones propuestas el Dr. G. dijo:

  2. El actor, de profesión abogado que desarrollaba funciones como asesor en la “Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos” dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, promovió acción contra la empresa periodística demandada y contra el autor de la publicación efectuada en el diario Clarín el 24 de febrero de 2007. Esa nota periodística se refería a una investigación por parte de la Justicia y la Auditoría General de la Nación vinculada con el pago de una suma millonaria al grupo empresario “Greco”, que provenía de un fallo judicial. El reclamante adujo que el autor lo había involucrado en el caso como denunciado en la causa, cuyo objeto había sido calificado por el periódico como fraude contra la administración pública, a pesar de que su falta de responsabilidad en el caso nunca estuvo en dudas. A juicio del actor la publicación afectó su buen nombre y honor, por lo que reclama la indemnización del daño moral y del lucro cesante que invoca.

    Fecha de firma: 16/12/2014 Firmado por: ZANNONI-POSSE SAGUIER-GALMARINI Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA Sobre la base de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación relacionada con la responsabilidad de los medios de prensa frente a la afectación del derecho al honor por la difusión de noticias, especialmente la referida al supuesto en el que el reclamante era un funcionario público o figura pública, y con sustento en las circunstancias particulares que presenta el caso, la sentencia de fs. 8097/8102 rechazó la demanda, con costas al actor. Solamente apeló este último, quien presentó memorial a fs.

    8125/8128, cuyo traslado fue contestado a fs. 8130/8136.

  3. La nota que motiva estas actuaciones del 24/02/2007, está referida a la denuncia que efectuara ante la Justicia quien en ese entonces se desempeñaba como Ministra de Economía de la Nación, mientras la Auditoría General de la Nación ya había comenzado a investigar el circuito que siguió el expediente en el Ministerio de Economía. Según la publicación esa denuncia era por supuesto fraude contra la administración pública y apuntaba a la inadecuada defensa de los intereses del Estado por parte de los funcionarios por no haber apelado la resolución judicial que ordenó

    el pago de una liquidación en la que no se habría tenido en cuenta las compensaciones de las deudas impositivas y previsionales que tenía el grupo con el Estado. Luego del relato de los hechos mencionados, en la nota aparece el párrafo que motiva el reclamo del actor, en el que se expresa: “La denuncia no hace nombres.

    Pero el relato apunta especialmente a la ex directora de Asuntos Jurídicos Yolanda Eggink y al ex subdirector, O.B., que curiosamente fueron removidos el 15 de enero pasado por un supuesto ‘reordenamiento administrativo del ministerio’” (ver fs.

    9).

    En la nota publicada el día siguiente, esto es el 25/02/2007, cuyo autor es otro periodista, se manifiesta que a la denuncia Clarín accedió de fuentes judiciales, y es cierto que allí se menciona a los abogados que representaban los intereses oficiales, a quienes se denuncian como posibles autores de un fraude contra el Estado, entre los que no se incluye al aquí actor (fs. 10). Más Fecha de firma: 16/12/2014 Firmado por: ZANNONI-POSSE SAGUIER-GALMARINI Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F aún, en otra nota del mismo diario del día 28/02/2007, en un cuadro notoriamente resaltado se expresa: “B. no está imputado. El ex subdirector del área jurídica del ministerio de economía, O.B., no está acusado ni mencionado en la denuncia que M.i presentó contra sus funcionarios por el intento de pago al grupo Greco” (fs. 11).

    Considero conveniente resaltar que lo substancial de la noticia publicada en el diario del día 24/02/2007 está referido a hechos verídicos, esto es lo atinente a la denuncia por el Ministerio de Economía frente a un supuesto fraude a la administración por la inadecuada defensa de los intereses del Estado por las razones que se exponen en la publicación de ese día. De ahí que sobre estos hechos verídicos por tratarse de temas de interés público no cabe duda de que no pueden ser objeto de sanción por el poder estatal, aun cuando la afirmación pueda afectar, de algún modo, el honor de alguno de los involucrados (E.T.B.-HernánV.G. “El...

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