Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 3 de Agosto de 2018, expediente FRO 053000501/2010/CA001

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 3 de agosto de 2018 Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 53000501/2010 caratulado “BIOLATTO, L.A. C/ A.N.S.E.S. /S ORDINARIO (REAJUSTE”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Santa Fe), del que resulta, V. los autos a esta alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la actora (fs. 109/112) contra la sentencia del 22 de diciembre de 2016 (fs. 196/197) que no hizo lugar a la impugnación de la liquidación realizada por la parte actora, aprobó la practicada por la demandada por cuanto derecho hubiere lugar e impuso las costas a la vencida.

Concedido el recurso en relación (fs.

113) –que no fue contestado-, se elevaron los autos a esta Cámara Federal de Apelaciones donde por sorteo informático quedaron radicados en esta Sala “A”. Se dispuso el pase de los autos al Acuerdo por lo que quedaron a estudio (fs. 119).

La accionante inició demanda de ejecución de sentencia por la suma adeudada por ANSeS en concepto de retroactivos. Impugnó la liquidación de ANSeS y acompaño nueva planilla. Aseveró que en la liquidación atacada no se computaron aportes realizados por el beneficiario.

La sentencia recurrida rechazó el planteo porque consideró que en la planilla acompañada no se descontó

el capital abonado por ANSeS. La actora interpuso recurso de apelación, explicó que lo pagado por la demandada fue imputado en la planilla en concepto de “pago parcial”. Solicitó que se revoque la sentencia y se aprueba la liquidación realizada.

Y considerando que:

  1. - Atento la complejidad de la planilla practicada a fin de dilucidar la incidencia planteada, en uso Fecha de firma: 03/08/2018 de la facultades ordenatorias e instructorias conferidas por Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.S.G., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE C.P.C.C.N el artículo 36 del y arts. 457 en adelante, #3035840#211281120#20180803141258374 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A corresponde suspender el pase al acuerdo para resolver y ordenar como medida para mejor proveer la designación de oficio de un perito contador en autos a fin...

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