Bieschke

Secretaría del Primer Juzgado de Procesos Concursales y Registros, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 72 de los autos N° 1.250.102 caratulados: "BIESCHKE CRISTINA EDITH p/QUIEBRA D" se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 11 de diciembre de 2013. Surgiendo de las constancias de fs. 45 que no se ha cumplido con el plazo fijado por el art. 88 inc. 11 LCQ, a los fines de la presentación de las peticiones de verificación al Síndico, se procederá a la reprogramación de los mismos al cual el fallido, Sindicatura y demás interesados deberán sujetarse: Fijar el día 12 de marzo de 2014 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al síndco (art. 88 inc. 11); pudiendo, los deudores y los acreedores que hubieran solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el 27 de marzo de 2014 (art. 200); a efecto de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas bajo el régimen previsto por el art. 200 LCQ. Intímase a la sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del artículo 279...

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