Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 16 de Marzo de 2022, expediente CIV 096342/2007

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

96342/2007

BIELAJEW LUIS c/ AKASA S.R.L. s/EJECUCION DE ACUERDO - MEDIACION

Buenos Aires, 16 de marzo de 2022.- MMA

AUTOS Y VISTOS:

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 1, 3, 16, 51, 59 y ccds. de la ley 27.423 (esta Sala, exptes. 53.705/2014 y 33.550/17, entre otros) y acordadas 21/21 y 4/22, se confirman los honorarios recurridos; sin perjuicio de lo que en pesos pudiere corresponder tomando en cuenta el valor del UMA vigente al momento del pago (art.

51 Ley 27.423).

R., notifíquese por secretaría a los interesados y cúmplase con la comunicación pública dispuesta en las Acordadas de la C.S.J.N. 15/2013 y 24/2013.

Oportunamente, devuélvanse a la instancia de grado.

La difusión de la presente resolución se encuentra sometida a lo dispuesto por el art. 164, segundo párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y art.

64 del Reglamento para la Justicia Nacional. En caso de su publicación, quién la efectué asumirá la responsabilidad por la difusión de su contenido.

Se deja constancia que la vocalía N° 32 se encuentra vacante. Fdo. SILVIA

PATRICIA BERMEJO - RICARDO LI ROSI - JOSE ABRAM LUJAN

(PROSECRETARIO LETRADO).

Fecha de firma: 16/03/2022

Firmado por: J.M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA

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