Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Febrero de 2014, expediente Rc 117453

PresidenteGenoud-Kogan-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2014
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 117.453"Bidinost, G.C. contra B., H.B.. Nulidad de acto jurídico".

//Plata, 19 de febrero de 2014.

AUTOS Y VISTO:

  1. La doctora G.C.B. deduce aclaratoria contra la resolución de esta Corte que rechazó por extemporánea la revocatoria anteriormente interpuesta (fs. 46/47).

  2. Al respecto, cabe recordar que el pedido de aclaratoria sólo es procedente cuando se debe corregir un error material, aclarar conceptos oscuros sin alterar lo sustancial de la decisión o suplir cualquier omisión en que se hubiese incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio (conf. doct. arts. 36 inc. 6 y 166 inc. 2, C.P.C.C.N.).

En elsub examinela recurrente solicita que se "... aclare el concepto por el que aplicó los arts. 124 y 239 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en lugar de dicho art. 290, que legalmente invoqué al solicitar la revocatoria y por el cual la pretensión que deduje es oportuna" (fs. 46 vta.).

Tal como se puede advertir, la petición de la letrada excede el ámbito propio del remedio interpuesto al controvertir –en realidad- el encuadre legal dado al planteo, por lo que corresponde desestimar el mismo.

POR ELLO,se rechaza el pedido de aclaratoria...

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