BETTINOTTI RODOLFO OMAR Y OTROS c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

Expte. Nº 24688/2008 “B.R.O. Y OTROS

c/ GCBA Y OTROS s/ DAÑOS Y

PERJUICIOS”

Buenos Aires, de octubre de 2021.- TCG

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que por pronunciamiento del 20 de noviembre de 2020 el juez de grado hizo lugar al planteo de caducidad formulado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y, en consecuencia, declaró perimida esa instancia, con costas a la parte actora.

    Para así decidir desestimó en primer lugar el planteo de caducidad del incidente de caducidad con base en que “[…] del sistema Lex 100

    surge que la parte actora contestó el traslado de la caducidad de instancia planteada por su contraria […]”, por lo que “[…] a partir de ese momento la causa se encontraba en condiciones de resolver el acuse de caducidad de instancia por parte del Tribunal (…) de conformidad con lo normado por el artículo 313, del CPCCN”.

    Por otra parte, con relación a la caducidad de la instancia denunciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, señaló que “[…] el último acto impulsorio realizado en autos por la parte actora es el del 21 de mayo de 2018, por lo que […] al momento en que la demandada realizó la petición de perención de instancia (7 de agosto de 2020), había transcurrido en exceso el plazo de seis meses previsto en el artículo 310, inciso 1, del CPCCN”.

  2. Que, disconforme con esa decisión, la parte actora interpuso recurso de apelación el día 25/11/2020 y expresó sus agravios, que fueron replicados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el 01/12/2020.

    En lo que aquí importa, se agravia del rechazo del planteo de caducidad del incidente de caducidad pues -según sostiene- lo resuelto se aparta de las constancias de la causa. No es cierto –aduce- que “la útlima actividad impulsoria correspondiera al 21 de mayo de 2018 ya que (…) hizo saber que los actores concurrieron a la entrevista con el perito Fecha de firma: 26/10/2021

    Alta en sistema: 27/10/2021

    Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    designado y que por ende quedó pendiente la resolución de dicha presentación, como la presentación del informe ordenado por el Sr. Juez al Sr. Perito actuante, lo que obsta a que opere la caducidad” (v. pto II, 2,

    1. del escrito recursivo).

    En forma subsidiaria, solicita que se impongan las costas en el orden causado.

  3. Que, en primer...

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