Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 1 de Septiembre de 2016, expediente CAF 047247/2016/CA001

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 47247/2016/CA1, BESTEIRO, MARIA DEL CARMEN Y OTROS c/

COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Buenos Aires, 1º de septiembre de 2016.

VISTO:

Para resolver el conflicto negativo de competencia suscitado entre los juzgados en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 4 y en lo Civil y Comercial Federal Nº 2, que esta S. debe resolver; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la señora juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 4, apartándose de la opinión de la señora F., resolvió declararse incompetente para entender en las actuaciones, al considerar, que la cuestión a resolver no se encontraba regida por el derecho administrativo (fs. 36/vta. y 68/69 vta.).

  2. ) Que el titular Juzgado en lo Civil y Comercial Federal Nº 2, de conformidad con lo dictaminado por el señor F., también se declaró incompetente y ordenó devolver los autos, al sostener que la acción se inició contra una persona jurídica de derecho público que es la autoridad de control del ejercicio profesional y del gobierno de la matrícula en el ámbito de la Capital Federal y que en los autos se pretendía asegurar el ejercicio de los derechos de sus matriculados (fs. 73/74 y 75/vta.).

  3. ) Que la juez del Juzgado Nº 4 en lo Contencioso Administrativo Federal mantuvo el criterio de fs. 68/69 (fs. 76) y elevó los autos a esta Cámara a fin de que dirimiera el conflicto negativo de competencia suscitado.

  4. ) Que el F. General sostuvo que la juez en lo Fecha de firma: 01/09/2016 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #28646977#160918035#20160902122722743 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 47247/2016/CA1, BESTEIRO, MARIA DEL CARMEN Y OTROS c/

    COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

    contencioso administrativo federal debía asumir la competencia que declinó

    (fs. 79/81).

  5. ) Que para determinar la competencia se debe estar de manera principal a la exposición de los hechos que el actor hace en la demanda y, en la medida que se adecue a ellos, al derecho invocado como fundamento de su pretensión (Fallos: 308:229; 310:116; 311:172; 313:971, entre otros).

    De las constancias de la causa surge que los...

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