Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 12 de Mayo de 2015, expediente CAF 013944/2010/CA001

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 13944/2010 B.M.A. c/ EN-M° JUSTICIA-PFA-

DTO 1866/83 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, de mayo de 2015.- DEP Y VISTOS:

El recurso extraordinario interpuesto a fs. 212/220 por la parte actora contestado a fs. 222/223vta., contra la resolución de fs. 206/211; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, cabe señalar que las razones expuestas en la sentencia de fs. 206/211, brindan sustento suficiente que descarta la aplicación de la doctrina de la arbitrariedad en el caso.

    El Alto Tribunal ha sostenido que dicha doctrina reviste carácter excepcional y es de aplicación restringida, no apta para cubrir meras discrepancias de las partes respecto a los fundamentos a través de los cuales los jueces de la causa apoyaron sus decisiones en el ámbito de su jurisdicción excluyente-.

    Sólo resulta aplicable respecto de decisiones en las que exista un apartamiento de la solución normativa o de las constancias de la causa, o en las que se omita el pronunciamiento sobre cuestiones conducentes para su solución o se excedan los límites de la litis, o cuando se sustente el fallo en afirmaciones meramente dogmáticas (confr. doctr. de Fallos: 297:68; 298:526, 330:2639 y 4331; 331:886 entre otros).

  2. ) Que en consecuencia, por resultar del recurso extraordinario interpuesto que el apelante se limita a manifestar su desacuerdo con los argumentos vertidos por el tribunal en su sentencia, sin demostrar de manera fehaciente que ella no constituya derivación razonada del derecho aplicable, es inadmisible -en este aspecto- el remedio...

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