Declaración de Berlín: Declaración de la CIJ sobre la defensa de los derechos humanos y el estado de derecho en la lucha contra el terrorismo

Fuente: Comisión Internacional de Juristas www.icj.org.

El 28 de agosto, 160 juristas de todo el mundo, reunidos en la conferencia bienal de la CIJ, adoptaron la "Declaración sobre la defensa de los derechos humanos y el estado de derecho en la lucha contra el terrorismo". Esta Declaración subraya los graves desafíos al estado de derecho que presentan ciertas medidas antiterroristas excesivas, reafirma los derechos humanos fundamentales violados por estas medidas y establece métodos de acción para que la red internacional de la CIJ pueda hacer frente a este desafío.

Adoptada el 28 de Agosto de 2004

160 juristas, de todas las regiones del mundo, reunidos en su calidad de Comisionados, Miembros Honorarios y representantes de Secciones Nacionales y Organizaciones Afiliadas en la Conferencia Bienal de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) del 27al 29 de agosto de 2004, en Berlín, Alemania, lugar donde se fundó hace 52 años, adoptaron la siguiente Declaración:

El mundo enfrenta un grave desafío al estado de derecho y los derechos humanos. Principios jurídicos, anteriormente bien establecidos y aceptados, están siendo cuestionados en todas las regiones del mundo a través de equivocadas respuestas al terrorismo. Muchos de los logros en la protección jurídica de los derechos humanos están bajo ataque.

El terrorismo representa una seria amenaza a los derechos humanos. La CIJ condena el terrorismo y afirma que todos los Estados tienen la obligación de tomar medidas efectivas contra los actos de terrorismo. Conforme al derecho internacional, los Estados tienen el derecho y el deber de proteger la seguridad de todas las personas.

Desde septiembre de 2001 muchos Estados han adoptado nuevas medidas contra el terrorismo que contravienen sus obligaciones internacionales. En algunos países, el clima de inseguridad post-septiembre de 2001 ha sido explotado con el propósito de justificar violaciones a los derechos humanos cometidas desde hace tiempo en nombre de la seguridad nacional.

Al adoptar medidas orientadas a eliminar los actos de terrorismo, los Estados deben observar estrictamente los principios del estado de derecho - incluyendo los principios generales del derecho penal y del derecho internacional - y las normas y obligaciones específicas del derecho internacional de los derechos humanos, del derecho de los refugiados y, cuando sea aplicable, del derecho humanitario. Estos principios, normas y obligaciones definen los límites permisibles y legítimos de la acción estatal contra el terrorismo. La naturaleza odiosa de los actos terroristas no puede servir como base o pretexto a los Estados para desconocer sus obligaciones internacionales, en particular en cuanto a la protección de los derechos humanos fundamentales.

Un dominante discurso fuertemente orientado hacia la seguridad promueve el sacrificio de los derechos y libertades fundamentales en el nombre de la erradicación del terrorismo. No existe conflicto entre el deber de los Estados de proteger los derechos de las personas amenazadas por el terrorismo y su responsabilidad de garantizar que la protección de la seguridad no menoscabe otros derechos. Por el contrario, tanto la salvaguarda de las personas contra actos terroristas, como el respeto a los derechos humanos...

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