Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 28 de Marzo de 2017, expediente CAF 047376/2016/CA001

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 47376/2016 “Bergenfel, S.F. c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ ejercicio de la abogacía — Ley 23.187—art. 47”

Buenos Aires, 28 de marzo de 2017.- NRC VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el abogado S.F.B. interpone recurso (fs. 126/129, cuyo traslado fue contestado a fs. 157/163)

    contra la sentencia nº 5739 del 5 de mayo de 2016 (fs. 118/123)

    dictada por la Sala II del Tribunal de Disciplina (TD) del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) que le impuso una sanción de cinco mil pesos ($ 5.000), por haber infringido los artículos 6, inciso e), 44, incisos g) y h), de la ley 23.187 y artículos 10, inciso a), y 19, inciso a) y f) del Código de Ética.

  2. Que el 10 de diciembre de 2014 (fs. 33/35) la señora N.B.R. denunció al abogado B., por haber desempeñado la representación legal incorrectamente.

    Contó que el 23/3/12 dicho profesional inició la causa “R., N.B. c/ Banco Piano s/ daños y perjuicios”, que tramitó, sucesivamente, “…ante el Juzgado Nacional de 1ra Instancia en lo Civil y Comercial nº 10…Secretaría nº 19”, “…ante la Sala Civil y Comercial nº 1…y luego ante la Honorable Corte Suprema de Justicia de la Nación…”.

    Relató haber perdido la causa en las tres instancias judiciales, por haber sido declarada la caducidad y por defectos formales.

    Añadió que además de las fallas en el ámbito judicial, sufrió la falta de atención del abogado B. durante los dos años que duró el proceso.

    Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #28648909#172386763#20170329082702740 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 47376/2016 “Bergenfel, S.F. c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ ejercicio de la abogacía — Ley 23.187—art. 47”

    Dijo que cuando llamaba al estudio, le informaban que no había novedades. Descubrió el resultado negativo de las tres instancias judiciales por medio de averiguaciones suyas.

    Entendió que la pérdida del juicio pudo ser evitada y que el abogado B., desde el punto de vista técnico, anuló toda posibilidad de continuar con la defensa de sus derechos.

  3. Que para decidir, el CPACF sostuvo que:

    (i) Estaba probado que el Dr. Bergenfeld representó a la denunciante durante la sustanciación de la causa civil.

    (ii) La alegada falta de información invocada por la denunciante perdía virtualidad. Ella reconoció que conocía las circunstancias que rodeaban el proceso.

    (iii) El abogado denunciado admitió que la acción había finalizado con la caducidad de instancia.

    Dicho...

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