Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 21 de Junio de 2017

Fecha de Resolución21 de Junio de 2017
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita360/17
Número de CUIJ21 - 511167 - 3

Reg.: A y S t 276 p 26/29.

Santa Fe, 21 de junio del año 2017.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de G.D.B. contra la sentencia de fecha 27 de octubre de 2016, dictada por los señores Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial, doctores O.B., R.R. y R.P.M.ántaras en autos "B., G.D. - Recurso de Inconstitucionalidad en autos: "B., G.D. s/ Homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor" (Expte. N° 273/16 CUIJ N° 21-07008083-1)" (Expte. C.S.J. CUIJ 21-00511167-3); y,

CONSIDERANDO:

  1. En la presente causa los señores Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial, doctores O.B., R.R. y R.P.M.ántaras, confirmaron íntegramente la sentencia de primera instancia que, a su turno, condenó a G.D.B. como autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor (artículo 84 segundo párrafo del Código Penal), a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación especial para la conducción de todo tipo de automotores.

    Contra tal pronunciamiento, la defensa interpuso recurso de inconstitucionalidad (artículo 1°, inciso 3), ley 7055), por considerarlo arbitrario.

    Afirma que la sentencia impugnada carece de motivación suficiente, no resultando ser una derivación razonada del derecho vigente.

    Aduce que los fundamentos dados por la Cámara, al momento de sostener que el vehículo conducido por el señor B. se encontraba detenido en parte sobre la cinta asfáltica son aparentes y no se ajustan a la realidad, además de no apoyarse en ninguno de los elementos probatorios que constan en autos.

    Indica que la víctima conducía su motocicleta en condiciones absolutamente antireglamentarias y además peligrosas para su integridad física y la del resto de la sociedad, tal como demuestra el dosaje de alcoholemia de 2,05 gr., lo que evidencia un cuadro de embriaguez notoria.

    Critica que se pretenda poner en duda la validez de dicha prueba en virtud de las declaraciones del hermano de la víctima, relativas a que al momento del accidente el occiso se encontraba en disponibilidad de su trabajo en el Servicio Penitenciario y oficiaba como empleado de una agencia de seguridad, dirigiéndose a su lugar de trabajo a desarrollar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR