Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 17 de Noviembre de 2017, expediente CIV 045684/2014/CA003

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H “B., A. y otros c/ Fiduciario del Fideicomiso Inmobiliario Kart s/ Cobro de Sumas de Dinero” Expediente N° 45.684/2014, juzgado No 57 En Buenos Aires, a días del mes de noviembre del año 2017, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala “H” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: “Benzadon, A. y otros c/

Fiduciario del Fideicomiso Inmobiliario Kart s/ Cobro de Sumas de Dinero” y habiendo acordado seguir en la deliberación y votado el orden de sorteo de estudio, el Dr. F. dijo:

  1. La sentencia dictada a fs. 388/398, y su aclaratoria de fs.

402,admitió la demanda promovida por A.B., Cintia Victoria Agras, M.G.R. de Schank, D.E.S., M.H. y A.N. contra F. delF.I.K.: actualmente C.A.B., y condenó a este último a pagar a los primeros la suma de dólares estadounidenses cuatrocientos ocho mil cuatrocientos ochenta y siete con veinte centavos (U$S 408.487,20.-), en las proporciones indicadas en la sentencia, con más los intereses que se fijaron a la tasa del 4% anual por todo concepto.

Contra esta decisión apelaron los demandantes, quienes expresaron agravios a fs. 413/416, los que fueron contestados a fs.419/420.

Los actores se agravian por cuanto la Sra. Jueza de grado fijó una tasa de interés del 4% anual por todo concepto, apartándose de la expresa voluntad de las partes.

De las constancias obrantes en autos surge que las partes se vincularon contractualmente a través de los boletos de compraventa, por los que adquirieron las unidades a construir como parte del proyecto inmobiliario “Palm Boulevard”, a edificarse en el Km 6,500 e la Ruta Provincial 27, Ciudad y Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires. Allí se estableció que el vendedor se obligaba a desarrollar y construir el proyecto inmobiliario y a entregar las unidades terminadas.

Fecha de firma: 17/11/2017 Alta en sistema: 27/11/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #21096778#193625894#20171114104145785 Se encuentra probado, y no ha sido controvertido en esta instancia, que los actores realizaron los pagos por las unidades adquiridas, tal como surge de las constancias agregadas y, además, el incumplimiento por parte del demandado en entregar la posesión dentro del plazo estipulado.

Ahora bien, la Sra. Juez de grado, sostuvo que, acceder a los intereses pactados por las partes –3% mensual, capitalizables mensualmente–...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR